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Corte Suprema

RIVERO TEODOSA VICTORIANA Y OTROS c/ C.O.N.E.T. s/JUICIO DE CONOCIMIENTO

Los actores reclamaron el cobro del complemento por dedicación funcional previsto en los decretos 1593/76 y 566/85 contra el C.O.N.E.T. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario y confirmó la sentencia de primera instancia que había admitido la pretensión, remitiendo a los fundamentos del precedente Papuzynsky.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 312. XXXI. REX
Complemento por dedicacion funcional Decretos 1593/76 y 566/85 Empleo publico C.o.n.e.t. Recurso extraordinario Remision a precedente Costas en el orden causado Art. 68 cpccn Papuzynsky.

¿Quién es el actor?

Teodosa Victoriana Rivero y otros.

¿A quién se demanda?

C.O.N.E.T. (Consejo Nacional de Educación Técnica).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro del complemento por dedicación funcional establecido por los decretos 1593/76 y 566/85.

¿Qué se resolvió?

la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (Sala II) había revocado la sentencia de primera instancia y rechazado la pretensión; la Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario de los actores y confirmó la sentencia apelada, es decir, la que había admitido el reclamo. Las costas se impusieron en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la cuestión planteada presenta sustancial analogía con la debatida y resuelta en la causa P.361.XXIX. 'Papuzynsky, Ricardo Luis c/ C.O.N.E.T. s/ juicios de conocimientos', fallada el 4 de mayo de 1995, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

"Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario interpuesto y se confirma la sentencia apelada. Con costas en el orden causado pues la dificultad del texto legal pudo inducir a los recurrentes a sostener un criterio opuesto (art. 68, párrafo 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Nota: el fallo es breve y no contiene fundamentación propia; la solución se apoya en la remisión al precedente citado.

Normas que cita

  • Decreto 1593
  • Decreto 566
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Papuzynsky, Ricardo Luis c/ C.O.N.E.T. s/ juicios de conocimientosCSJN · 04/05/1995

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