JurisprudenciaARG
Corte Suprema

VIGIL CONSTANCIO Y OTRO c/ Y OTROS s/CONTRABANDO

La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso extraordinario interpuesto por una escribana suspendida preventivamente por el Colegio de Escribanos en razón de su prisión preventiva en una causa por contrabando agravado. El Tribunal revocó la decisión y dejó sin efecto la inhabilitación al considerar que la prolongada duración del proceso penal, que lleva más de tres años sin resolución definitiva, genera un agravio irrazonable a las garantías constitucionales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 46. XXV. REX
Prision preventiva Suspension preventiva Escribano Ejercicio profesional Ley 12.990 Dilacion indefinida Derecho de defensa Razonabilidad Garantias constitucionales Contrabando

Actor (recurrente): Ana María Dubovis de García, escribana adscripta al registro notarial n° 518 de la Capital Federal.

¿A quién se demanda?

Tribunal de Superintendencia del Notariado de la Capital Federal y Colegio de Escribanos de la Capital Federal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la suspensión preventiva para ejercer funciones notariales, dispuesta con base en el art. 4°, inc. c), de la ley 12.990, mientras se encontraba con prisión preventiva en una causa por contrabando agravado (arts. 864 inc. "c" y 865 inc. "a" del Código Aduanero).

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, revocó el pronunciamiento recurrido y dejó sin efecto la inhabilitación preventiva. El Procurador General había propuesto confirmar la resolución; la mayoría no lo siguió.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No resulta irrazonable, como principio general, la facultad otorgada por la ley 12.990 al organismo de control de la actividad de los escribanos para suspender preventivamente a éstos en tanto se sustancie el proceso penal, siempre que no se advierta, por su excesiva duración, el desconocimiento sustancial de un derecho constitucional" (considerando 4°, remitiendo a la causa B.84.XXVI).

La Corte señaló que el precedente citado "no descartó que en otros casos se pudieran presentar circunstancias diversas que autorizasen una solución distinta", por lo que examinó las particularidades del caso (considerando 5°).

"...la existencia de una dilación indefinida ocasiona agravio a la garantía constitucional del derecho de defensa y produce una privación de justicia" (considerando 7°, citando Fallos: 287:248).

"...la prolongada duración de la causa penal sin que se haya resuelto definitivamente la situación de la recurrente genera un agravio directo e inmediato a las garantías constitucionales que se invocan como vulneradas, por lo cual la inhabilitación preventiva de la escribana es actualmente irrazonable" (considerando 8°).

¿Cómo votaron los jueces?

El ministro Augusto César Belluscio votó por desestimar el recurso, remitiéndose a su propio voto en la causa B.84.XXV, fallada el 7 de marzo de 1995.

Normas que cita

  • Ley 12.990 (Caba)art. 4 inc. c
  • CAdarts. 864 inc. c, 865 inc. a
  • Ley 48art. 14 inc. 2 · Justicia nacional
  • Ley 24.121Justicia
  • Ley 23.984Codigo procesal penal
  • CPart. 2
  • Constitución Nacionalarts. 14, 18

Fallos que cita

  • Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal de Instrucción n° 20 s/ comunica resolución en causa n° 29.381 (Benincasa)CSJN · 07/05/1995
  • Sicilia, Sergio A. y otros s/ homicidio calificadoCSJN · 24/03/1988
  • Pereira de Buodo, María Mercedes c/ resolución 948 MASCSJN · 17/02/1987
  • Rico, Alberto Antonio c/ Estado Nacional -Policía Federal-CSJN · 11/06/1987
  • Colegio de Escribanos s/ verificación de libros de requerimiento de firmas del escribano Enrique José Ignacio GarridoCSJN · 23/06/1992
  • Kacoliris, Dionisio y otros s/ desbaratamiento de derechos acordadosCSJN · 11/05/1993
  • Iachemet, María Luisa c/ Armada Argentina s/ pensiónCSJN · 29/04/1993
  • Vega, Humberto Atilio c/ Consorcio de Propietarios del Edificio Loma Verde s/ accidenteCSJN · 16/12/1993
  • Resolución n° 298/91 (expediente de superintendencia n° 2499/89)CSJN · 26/03/1991
  • Fallos 287:248CSJN

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.