JurisprudenciaARG
Corte Suprema

MOLINA JULIO HUGO c/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA s/INDEMNIZACION LEY 9688

El Gobierno de la Provincia de Córdoba interpuso recurso de hecho contra la denegación de un recurso extraordinario federal en un juicio promovido por Julio Hugo Molina. La Corte Suprema desestimó la queja por considerar inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 del CPCCN) y lo condenó a pagar el depósito correspondiente, diferido según la acordada 47/91.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 1046. XXXI. RHE
Recurso de hecho Queja Recurso extraordinario federal Inadmisibilidad Art. 280 cpccn Deposito previo Acordada 47/91 Gobierno de la provincia de cordoba Corte suprema de justicia de la nacion.

¿Quién es el actor?

Julio Hugo Molina.

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Provincia de Córdoba.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el fallo no detalla la pretensión original; solo consta el trámite recursivo).

¿Qué se resolvió?

Se desestima la queja interpuesta por la demandada, por inadmisibilidad del recurso extraordinario federal (art. 280 CPCCN). Se condena al Gobierno de la Provincia de Córdoba a satisfacer el depósito correspondiente, cuyo pago se encuentra diferido conforme la acordada N° 47/91 (fs. 92 vta.).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando único: "Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Parte dispositiva: "Por ello, se desestima la queja. Se condena al Gobierno de la Provincia de Córdoba a satisfacer el depósito correspondiente, cuyo pago se encuentra diferido de acuerdo con lo prescripto en la acordada N° 47/91 (fs. 92 vta.)."

El fallo no contiene votos en disidencia.

Normas que cita

  • Acordada 47
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.