NATALIO ALBA SA c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/REPETICION
La Corte Suprema rechazó la demanda de repetición del ahorro obligatorio (ley 11.683) interpuesta por Natalio Alba S.A. contra la D.G.I., por remisión al precedente Indo S.A.. El Tribunal revocó la sentencia apelada en cuanto había sido objeto de agravios por el Fisco Nacional y declaró abstracto el recurso extraordinario de la actora.
¿Quién es el actor?
Natalio Alba S.A.
¿A quién se demanda?
Dirección General Impositiva (D.G.I.), Fisco Nacional.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Repetición de las sumas ingresadas en concepto de "ahorro obligatorio" (ley 23.549), en el marco de la ley 11.683.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema declaró admisible el recurso extraordinario de la demandada, con el alcance con el que fue concedido, y abstracto el de la actora. Revocó el pronunciamiento de la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal en cuanto fue objeto de agravios por el Fisco, y rechazó la demanda. Las costas se impusieron por su orden en todas las instancias, en razón de la complejidad de la cuestión debatida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las cuestiones planteadas por la demandada -en razón de la semejanza del régimen de 'ahorro obligatorio' instituido por la ley 23.549 con el que estableció la ley 23.256- encuentran respuesta en la causa I.119.XXIII. 'Indo S.A. c/ Fisco Nacional (D.G.I.) s/ repetición (ley 11.683)', sentencia del 4 de mayo de 1995, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por motivos de brevedad."
"En atención a tales conclusiones resulta abstracta la consideración del recurso extraordinario deducido por la actora, máxime en razón de que, al haber consentido ésta la limitación con la que fue concedido el recurso extraordinario -puesto que no dedujo queja por su denegación parcial- la jurisdicción de esta Corte ha quedado abierta, en principio, en la medida en que la ha otorgado la alzada (Fallos: 313:1391, entre otros), lo que impide el examen de los agravios fundados en la arbitrariedad que se atribuye a la sentencia por haber omitido considerar -según afirma la actora- determinados elementos de prueba."
Nota: la sentencia de la Cámara había dispuesto la devolución de las sumas ajustadas por la cotización del austral en dólares hasta el 1° de abril de 1991, con interés del 5% anual (arts. 7°, 8° y 10 de la ley 23.928), y la consolidación posterior bajo la ley 23.982.
Existen votos separados de Nazareno (con referencia al voto de Nazareno y Levene en "Indo") y de Fayt (con referencia a la disidencia parcial del juez Fayt en "Horvath"). Ambos coinciden en la solución final.
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Normas que cita
- Ley 11.683Procedimiento fiscal
- Ley 23.549Reforma impositiva
- Ley 23.256
- Ley 23.928arts. 7, 8, 10 · Convertibilidad del austral
- Ley 23.982Deuda publica
Fallos que cita
- Indo S.A. c/ Fisco Nacional (D.G.I.) s/ repetición (ley 11.683)CSJN · 04/05/1995
- Horvath, Pablo c/ Fisco Nacional (D.G.I.) s/ ordinarioCSJN · 04/05/1995
- Fallos 313:1391CSJN
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