ROJAS JOSE PABLO c/ SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA s/DEMANDA - RECURSO DE CASACION
Un particular promovió demanda contra el Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba y, denegado el recurso extraordinario federal, dedujo queja ante la Corte Suprema. El Tribunal desestimó la queja por inadmisible el recurso extraordinario y condenó a la provincia a abonar el depósito correspondiente, cuyo pago quedó diferido conforme la acordada n° 47/91.
¿Quién es el actor?
José Pablo Rojas.
¿A quién se demanda?
Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO (el fallo no describe el reclamo de fondo).
¿Qué se resolvió?
Se desestimó la queja por ser inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Se condenó a la demandada recurrente a satisfacer el depósito, diferido según la acordada n° 47/91.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
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Normas que cita
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Acordada 47/91
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