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Corte Suprema

GRAN HOTEL DORA S.A. c/ FISCO NACIONAL (D.G.I.) s/REPETICION D.G.I.

Gran Hotel Dorá S.A. reclamó la repetición de sumas ingresadas en concepto de ahorro obligatorio instituido por la ley 23.549 frente a la DGI. La Corte Suprema declaró admisible el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, remitiendo a los fundamentos del precedente Indo S.A., por la semejanza del régimen con el de la ley 23.256.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 379. XXXI. REX
Ahorro obligatorio Ley 23.549 Ley 23.256 Repeticion de impuestos Dgi Recurso extraordinario Costas Ley 11.683 Semejanza de regimenes Reenvio para nuevo pronunciamiento

¿Quién es el actor?

Gran Hotel Dorá S.A.

¿A quién se demanda?

Fisco Nacional (DGI)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Repetición de sumas abonadas en concepto de ahorro obligatorio, régimen de la ley 23.549, por similitud con el régimen de la ley 23.256.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró admisible el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, devolviendo los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. Las costas se impusieron por su orden. La mayoría remitió, como fundamento, a lo resuelto en "Indo S.A. c/ Fisco Nacional (D.G.I.) s/ repetición (ley 11.683)", sentencia del 4 de mayo de 1995, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos en razón de brevedad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en el sub lite -dada la semejanza del régimen de 'ahorro obligatorio' instituido por la ley 23.549 con el que estableció la ley 23.256- encuentran respuesta en la causa I.119.XXIII. 'Indo S.A. c/ Fisco Nacional (D.G.I.) s/ repetición (ley 11.683)', sentencia del 4 de mayo de 1995, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

se revoca la sentencia y las costas se imponen por su orden en virtud de la complejidad de la cuestión (art. 68, párrafo segundo, CPCCN).

Voto del Dr. Fayt (remitiendo a "Horvath, Pablo c/ Fisco Nacional (D.G.I.) s/ ordinario", voto en disidencia parcial del juez Fayt, sentencia del 4 de mayo de 1995): se revoca la sentencia apelada y las costas se imponen en el orden causado.

¿Cómo votaron los jueces?

se revoca la sentencia apelada y las costas se imponen en el orden causado.

¿Cómo votaron los jueces?

propuso modificar el fallo apelado con el alcance indicado en ese voto, con costas en el orden causado y reenvío de los autos para nuevo pronunciamiento con arreglo a lo expuesto. Esta posición quedó en minoría.

Normas que cita

  • Ley 23.549Reforma impositiva
  • Ley 23.256
  • Ley 11.683Procedimiento fiscal
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Indo S.A. c/ Fisco Nacional (D.G.I.) s/ repetición (ley 11.683)CSJN · 04/05/1995
  • Horvath, Pablo c/ Fisco Nacional (D.G.I.) s/ ordinarioCSJN · 04/05/1995

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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