JurisprudenciaARG
Corte Suprema

PARRA VILMA Y OTROS c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTROS Y OTRO s/AMPARO

Los actores promovieron una medida cautelar para obtener la devolución en dólares de fondos depositados en una caja de ahorro, afectados por las normas dictadas a partir del decreto 1570/01. La Procuración General dictaminó que corresponde hacer lugar a la queja y revocar la sentencia que había otorgado la cautelar, por tener efectos equivalentes a una sentencia favorable anticipada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 772. XXXVIII. RHE
Medida cautelar Decreto 1570/01 Corralito Caja de ahorro en dolares Anticipo de jurisdiccion Exceso jurisdiccional Recurso extraordinario Queja Fallos 324:4520 Devolucion de depositos

¿Quién es el actor?

Vilma Parra y otros.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

devolución de fondos depositados en caja de ahorro en dólares, afectados por el régimen del decreto 1570/01, mediante medida cautelar.

¿Qué se resolvió?

la Procuración General dictamina hacer lugar a la queja y revocar la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata (Sala III) en cuanto fue materia de recurso extraordinario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En mi concepto, las cuestiones aquí debatidas encuentran adecuada respuesta en el precedente de Fallos: 324:4520. En esa oportunidad, V.E. descalificó una medida cautelar de contenido similar a la otorgada en autos -consistente en la entrega en la moneda de origen de los fondos afectados por las normas dictadas a partir del decreto 1570/01- porque tenía iguales efectos que si se hubiese hecho lugar a la demanda y ejecutado la sentencia (v. cons. 91)."

"La Corte resaltó que ello constituye un claro exceso jurisdiccional y recordó que los recaudos de viabilidad de las medidas precautorias deben ser ponderados con especial prudencia cuando la cautela altera el estado de hecho o de derecho existente al momento de su dictado, habida cuenta de que configura un anticipo de jurisdicción favorable respecto del fallo final de la causa (Fallos: 316:1833; 320:1633, entre muchos otros)."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Parra, Vilma y otros c/ Poder Ejecutivo Nacional y otrosFallos 316:1833
  • Fallos 324:4520CSJN
  • Fallos 320:1633CSJN
  • Fallos 316:1833CSJN

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.