KEJNER NATALIO c/ MINISTERIO DEL INTERIOR s/
El actor Natalio Kejner, ingeniero y ex presidente de Mackentor SA, reclamó el beneficio indemnizatorio de las leyes 24.043 y 24.906 por su exilio durante el régimen militar. La Procuración General dictaminó que corresponde revocar el rechazo de la Cámara, al considerar que el período iniciado con la intervención militar de la empresa en 1977 está comprendido en la ley, aunque con un criterio distinto para el tramo posterior a la orden de captura judicial de fines de 1979.
¿Quién es el actor?
Natalio Kejner.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio del Interior, Resolución MJDDHH 221/00, expte. 443459/98, y expte. 438.661/98).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
otorgamiento del beneficio previsto en la ley 24.043, modificada por la ley 24.906, por la denegación tácita de la solicitud presentada cuatro meses antes, con recurso de apelación del art. 31 de la ley 24.043.
¿Qué se resolvió?
la Cámara (fs. 66/70), por mayoría, rechazó el recurso. La Procuración General dictamina que corresponde revocar esa sentencia, con el alcance señalado en el punto IV.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara sostuvo que el art. 21 de la ley 24.043 exige haber estado efectivamente detenido por orden de autoridades militares y que el actor nunca lo estuvo en Argentina; que los requisitos son una enumeración taxativa y no meramente enunciativa.
El dictamen sostiene: "...deben tratarse de diferente modo el exilio del actor producto de su intención de no ser aprehendido por las autoridades militares de aquel con el que eludió la orden de detención dispuesta por un juez federal."
Respecto del período inicial: "...en las actuaciones llevadas a cabo por el Cuerpo de Ejército III, en las que se dispusieron allanamientos, secuestro de documentación y de otros elementos, así como la detención de los miembros del directorio de Mackentor SA ... no se respetaron las formas esenciales que deben gobernar el proceso penal y existió, además, una clara falta de competencia por parte de las autoridades militares para disponer esas medidas respecto de personas que no se hallaban sujetas al estatuto militar, privándolas, en consecuencia, de su juez natural."
Sobre el período posterior: "...a partir de fines de 1979 intervino un juzgado federal y se iniciaron actuaciones judiciales en las que el magistrado libró orden de captura internacional..., circunstancia que, a mi modo de ver, justifica adoptar un criterio diferente al sostenido para el período anterior."
Cita de precedentes: "...elementales razones de seguridad y continuidad jurídica determinan la validez de las decisiones de los jueces que se desempeñaron en aquella época..." (Fallos: 320:52, mantenido en Fallos: 325:178).
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Normas que cita
- Ley 24.043arts. 21, 31 · Indemnizaciones
- Ley 24.906art. 21 · Indemnizaciones
- Ley 48art. 14 inc. 3 · Justicia nacional
- Resolución 221/00
Fallos que cita
- YOFRE de VACA NARVAJA, Susana c/ Ministerio del InteriorPGN · 11/03/2004
- Fallos 320:52CSJN
- Fallos 325:178CSJN
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