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Corte Suprema

FARIAS ROMUALDO ELVIO Y OTROS c/ CAJA DE SUBSIDIOS FAMILIARES PARA EMPLEADOS DE COMERCIO s/DEC. 3455/84

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario interpuestos por la Caja de Subsidios Familiares para Empleados de Comercio en el juicio promovido por trabajadores del sector. Dejó sin efecto la sentencia recurrida por remisión a los fundamentos del precedente Basualdo y ordenó dictar nuevo fallo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 515. XXXI. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario Queja Caja de subsidios familiares para empleados de comercio Remision a precedente Sentencia anulada Nuevo fallo Costas Subsidios familiares Empleados de comercio

¿Quién es el actor?

Romualdo Elvio Farías y otros.

¿A quién se demanda?

Caja de Subsidios Familiares para Empleados de Comercio.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Surge del expediente citado en el fallo; la sentencia no detalla el reclamo, por remitir a la causa "Basualdo".

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas, y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento conforme a lo expresado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa B.336.XXVIII 'Basualdo, Raúl José c/ Caja de Subsidios Familiares para Empleados de Comercio', sentencia del 12 de setiembre de 1995, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad."

El fallo es una resolución breve que no desarrolla fundamentos propios; la solución se apoya en la remisión al precedente citado. No hay votos en disidencia.

Fallos que cita

  • Basualdo, Raúl José c/ Caja de Subsidios Familiares para Empleados de ComercioCSJN · 12/09/1995

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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