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Corte Suprema

TISSOT ELENA IVANA c/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES-CAMARA DE DIPUTADOS s/DEMANDA CONTENCIOSOADMINISTRATIVA

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario en la demanda contencioso-administrativa promovida por Elena Ivana Tissot contra la Provincia de Buenos Aires (Cámara de Diputados) y dejó sin efecto la sentencia apelada. Remitió a los fundamentos del precedente Aranzazu (Fallos: 311:260), por tratarse de cuestiones de sustancial analogía, y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 58. XXXII. REX
Recurso extraordinario Demanda contencioso-administrativa Provincia de buenos aires Camara de diputados Remision a precedentes Sustancial analogia Aranzazu Nuevo pronunciamiento.

¿Quién es el actor?

Elena Ivana Tissot.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires (Cámara de Diputados).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

demanda contencioso-administrativa promovida contra la Provincia de Buenos Aires (Cámara de Diputados).

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto, se dejó sin efecto la sentencia apelada y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en Fallos: 311:260 y reiteradas en la causa A.291.XXVII 'Aranzazu, Rosa Griselda y otros c/ Provincia de Buenos Aires (Cámara de Diputados) s/ demanda contenciosoadministrativa', fallada el 23 de junio de 1994, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

El fallo no desarrolla fundamentos propios; la solución se apoya íntegramente en la remisión a los precedentes citados.

Fallos que cita

  • Aranzazu, Rosa Griselda y otros c/ Provincia de Buenos Aires (Cámara de Diputados)CSJN · 23/06/1994
  • Fallos 311:260CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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