GONZALEZ ACOSTA GUALBERTO c/ RIVA SA Y OTRO s/ACCIDENTE-ACCION CIVIL
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia que había rechazado el reclamo por accidente de trabajo. Por mayoría, remitió a los fundamentos de Aquino, sin pronunciarse sobre la inconstitucionalidad del artículo 39, inciso 1°, de la ley 24.557.
¿Quién es el actor?
Gualberto González Acosta.
¿A quién se demanda?
Riva S.A. y otro (Liberty ART S.A. interpuso el recurso extraordinario).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo por accidente de trabajo, con acción civil.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, la Corte declaró admisible el recurso extraordinario concedido y confirmó la sentencia apelada, con costas. Desestimó la queja con pérdida del depósito. La decisión se fundó en la remisión a los fundamentos de la causa "Aquino, Isacio c/ Cargo Servicios Industriales S.A." (sentencia del 21 de septiembre de 2004). La ministra Highton de Nolasco votó en el mismo sentido, aunque su voto se centra en la inconstitucionalidad del artículo 39, inciso 1°, de la ley 24.557, que fue el único punto del recurso sobre el que se pronunció por remisión. Los agravios de hecho y derecho común fueron declarados ajenos a la instancia del artículo 14 de la ley 48.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
¿Cómo votaron los jueces?
"Que el recurso extraordinario, respecto de la cuestión por la que fue concedido, presenta sustancial analogía con los temas debatidos y resueltos en la causa A.2652.XXXVIII. 'Aquino, Isacio c/ Cargo Servicios Industriales S.A.', fallada el 21 de septiembre de 2004, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."
Considerando 2° (queja, transcripto): "Que dicha apelación, en la medida en que fue denegada y dio origen a la queja en examen, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que los agravios que remiten a cuestiones fácticas y de derecho común son ajenos a la instancia del art. 14 de la ley 48, por lo que el recurso extraordinario resulta inadmisible a su respecto."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que, en lo relativo a la inconstitucionalidad del art. 39, inc. 1° de la ley 24.557, las cuestiones debatidas en el sub lite son sustancialmente idénticas a las tratadas en la causa A.2652.XXXVIII. 'Aquino, Isacio c/ Cargo Servicios Industriales S.A.', sentencia del 21 de septiembre de 2004 (voto de la jueza Elena I. Highton de Nolasco), a cuyas conclusiones cabe remitirse por razones de brevedad."
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Normas que cita
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
- CPCCNarts. 280, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 24.557art. 39 · Ley de riesgos del trabajo
Fallos que cita
- Aquino, Isacio c/ Cargo Servicios Industriales S.A.CSJN · 21/09/2004
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