SANCHEZ ORLANDO RAMON s/QUERELLA
La Corte Suprema dirimió una contienda negativa de competencia en una querella por injurias formulada contra un director del Banco Nación por declaraciones vertidas en el ejercicio de su función pública. El Tribunal declaró competente a la justicia federal de San Nicolás, por entender que la conducta reprochada guardaba relación con la función pública desempeñada en la entidad nacional.
¿Quién es el actor?
Orlando Ramón Sánchez, ex contador de la sucursal San Pedro del Banco de la Nación Argentina (querellante).
¿A quién se demanda?
Alfonso Millán, director y vicepresidente segundo del Banco Nación (querellado).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Querella por el delito de injurias, fundada en manifestaciones publicadas en el diario "El Imparcial" de San Pedro, formuladas durante una disertación en la que Millán se presentaba como "director responsable de la región pampeana" para explicar una nueva línea de créditos del banco.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró que debe entender en la causa el Juzgado Federal N° 2 de San Nicolás, remitiendo las actuaciones por intermedio de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario.
Antecedentes del conflicto: La Cámara Federal de Rosario se declaró incompetente, sosteniendo que la injuria afecta exclusivamente al injuriado y que la justicia federal no entiende en ella aunque se cometa en ejercicio de una función pública. El Juzgado Criminal y Correccional N° 6 de San Nicolás rechazó a su vez la competencia, por considerar que las calumnias o injurias "por" o "contra" un funcionario nacional en ejercicio de sus funciones corresponden al fuero federal. Devueltas las actuaciones, el juzgado federal ordenó el archivo, el querellante interpuso revocatoria por denegación de justicia y, admitido el recurso, el tribunal elevó la causa a la Corte.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
> "Al resultar de las probanzas del incidente que las expresiones agraviantes para el querellante habrían sido formuladas al periódico por Millán, con motivo de una disertación que efectuara en San Pedro como 'director responsable de la región pampeana' para explicar la nueva línea de créditos implementada por el banco (ver fs. 1, 2 y 37/62), estimo que la conducta que se le reprocha guardaría relación con la función pública que desempeñaba en la entidad nacional (Fallos 313:1108)."
> "Sobre la base de estas consideraciones, opino que corresponde a la justicia federal, que previno, proseguir con el trámite de las actuaciones."
La decisión de la Corte, con remisión a esos fundamentos "en razón de brevedad", se adoptó por unanimidad.
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Fallos que cita
- Fallos 313:1108CSJN
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