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Corte Suprema

TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. c/ MUNICIPALIDAD DE LA PLATA s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA

La actora desistió del reclamo sobre las tasas de habilitación comercial y seguridad, salubridad e higiene, por lo que el proceso se extinguió respecto de esos rubros con costas por su orden. Respecto de la tasa de publicidad y propaganda, la Corte declaró formalmente procedente el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, imponiendo las costas a la actora vencida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 20. XXXI. REX
Accion meramente declarativa Tasas municipales Habilitacion comercial Seguridad Salubridad e higiene Publicidad y propaganda Desistimiento Extincion del proceso Recurso extraordinario Costas Municipalidad de la plata

¿Quién es el actor?

Telefónica de Argentina S.A.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de La Plata.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción meramente declarativa para obtener un pronunciamiento contrario a la exigibilidad de las tasas municipales de "habilitación comercial", "seguridad, salubridad e higiene" y "publicidad y propaganda".

¿Qué se resolvió?

Se declaró extinguido el proceso respecto de "habilitación comercial" y "seguridad, salubridad e higiene" por desistimiento de la actora, con costas por su orden en todas las instancias. Respecto de "publicidad y propaganda", se declaró formalmente procedente el recurso extraordinario y se confirmó la sentencia apelada, con costas a la actora vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, en lo concerniente al restante gravamen, la cuestión suscitada en los presentes autos guarda sustancial analogía con la considerada y resuelta en la sentencia dictada en la causa T.375.XXXI. 'Telefónica de Argentina c/ Municipalidad de Chascomús s/ acción declarativa', sentencia del 18 de abril de 1997, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse en razón de brevedad."

"Que, tras haber interpuesto contra dicha resolución el recurso extraordinario de fs. 576/625, que fue concedido mediante el auto de fs. 640, la parte actora desistió del proceso exclusivamente en lo relativo a la discusión sobre el pago de las gabelas correspondientes a la 'habilitación comercial' y a la 'seguridad, salubridad e higiene', y solicitó que las costas... fuesen impuestas en el orden causado."

"Que, en virtud de ello, corresponde tener por extinguido el proceso -en lo referente a los mencionados rubros- con el alcance que resulta del mencionado escrito."

Nota: el fallo no contiene votos en disidencia; la decisión es unánime.

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