JurisprudenciaARG
Corte Suprema

DENGLER EDUARDO FEDERICO c/ CAJA NACIONAL DE PREVISION PARA EL PERSONAL DEL ESTADO Y SERVICIOS PUBLICOS s/DEPENDIENTES OTRAS PRESTACIONES

El actor, Eduardo Federico Dengler, reclamó la jubilación ordinaria del régimen de la ley 18.464 (modificada por la ley 22.940) tras su cese en el Poder Judicial. La Procuración General opinó que corresponde confirmar la denegatoria, porque el beneficio exige estar en ejercicio de un cargo judicial al cumplir los requisitos de edad y años de servicio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 564. XXIX. RHE
Jubilacion ordinaria Ley 18.464 Ley 22.940 Regimen previsional judicial Ejercicio de cargo Cesacion Interpretacion estricta Beneficios previsionales Caja nacional de prevision Recurso extraordinario.

¿Quién es el actor?

Eduardo Federico Dengler.

¿A quién se demanda?

Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

jubilación ordinaria conforme a la ley 18.464 (modificada por la ley 22.940).

¿Qué se resolvió?

confirmar la sentencia apelada en cuanto rechazó el beneficio, por no encontrarse el actor en ejercicio de un cargo judicial al cumplir los requisitos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No enervan tal conclusión los argumentos esgrimidos por el quejoso respecto a que la ley mencionada, en su texto originario, contemplaba la situación en que se encuentra, ya que si la intención del legislador al modificarla por la ley 22.940 hubiera sido mantener la excepción en la que ahora intenta ampararse, ese propósito se hubiese cristalizado en el nuevo texto normativo. Tampoco puede hacerlo la impugnación que sustenta en lo prescripto por el artículo 530 del Código Civil, en tanto resulta manifiestamente inidónea para discurrir sobre una hipótesis legal distinta."

"...las normas que otorgan beneficios que puedan importar un privilegio en el contexto del sistema jubilatorio deben interpretarse estrictamente (Fallos: 301:1173)."

Antecedentes citados por la Cámara: quien quiera acceder a la jubilación ordinaria en dicho régimen debe cumplir los requisitos de edad y años de servicio encontrándose en el ejercicio de uno de los cargos enumerados en el art. 1° de la ley que lo estableció (Fallos: 310:1372).

Normas que cita

Fallos que cita

  • Dengler, Eduardo Federico c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · Fallos 310:1372
  • Fallos 295:563CSJN
  • Fallos 297:263CSJN
  • Fallos 303:951CSJN
  • Fallos 306:211CSJN
  • Fallos 301:1173CSJN
  • Emilio Roque RomanoCSJN · Fallos 308:2668

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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