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Corte Suprema

LANTERI DE CAPOZZOLO MARIA LIDIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El reajuste previsional de la actora fue objeto de un recurso ordinario ante la Corte Suprema, que cuestionó el plazo y modalidades de cumplimiento, la tasa pasiva de interés y la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley 18.037. La Corte declaró procedente el recurso y confirmó la sentencia apelada, remitiendo a los precedentes Perletto, Spitale y Actis Caporale.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 327. XL. ROR
Reajuste previsional Haber jubilatorio Tasa pasiva de interes Inconstitucionalidad Articulo 55 ley 18.037 Ley 24.463 Plazo de cumplimiento Anses Recurso ordinario Seguimiento obligatorio de precedentes

¿Quién es el actor?

María Lidia Lanteri de Capozzolo.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haber previsional.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal declaró procedente el recurso ordinario deducido y confirmó la sentencia apelada, según lo resuelto en los considerandos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"las objeciones relacionadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resultan sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos: 325:98 ('Perletto') y el recurrente no se hace cargo de ello, dado que en su memorial de agravios no realiza crítica alguna a lo sostenido en dicho antecedente pese a ser de seguimiento obligatorio conforme a lo establecido en el art. 19 de la ley 24.463."

"Que los agravios vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razón de brevedad."

"la cuestión relacionada con la declaración de inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley 18.037 encuentra adecuada respuesta en el precedente de la Corte publicado en Fallos: 323:4216 ('Actis Caporale'), por lo que debe ser desestimada."

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 55 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • Actis CaporaleCSJN · Fallos 323:4216

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