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Corte Suprema

SALAS IDELMO RAMON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema confirmó la sentencia que fijó la tasa de interés y el plazo de cumplimiento en un reajuste previsional, y rechazó el planteo de la actora sobre el supuesto descuento del 10% y la aplicación de un precedente posterior. Lo decidió por unanimidad, remitiendo a los precedentes Spitale y Perletto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 34. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Movilidad de haberes Tasa pasiva de interes Plazo de cumplimiento Confiscatoriedad Descuento del 10% Ley 24.463 Recurso ordinario Anses Seguridad social.

¿Quién es el actor?

Idelmo Ramón Salas.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales (reajustes varios).

¿Qué se resolvió?

se declaran procedentes los recursos ordinarios de ambas partes, se confirma la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social con el alcance fijado en "Perletto" y se rechaza el planteo de la actora de fs. 180/181.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la tasa pasiva de interés: "las objeciones de la ANSeS relacionadas con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente de Fallos: 327:3721 ('Spitale'), a cuyos fundamentos cabe remitir por razones de brevedad."

Sobre el plazo y modalidades de cumplimiento: "los agravios vinculados con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, han sido examinados y resueltos por este Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 325:98 ('Perletto'), y el recurrente no se hace cargo de ello, dado que en su memorial de agravios no realiza crítica alguna a lo sostenido en dicho antecedente pese a ser de seguimiento obligatorio conforme a lo establecido en el artículo 19 de la ley 24.463."

Sobre el descuento del 10%: "son improcedentes los agravios de la parte actora vinculados con el supuesto descuento del 10% en los haberes reajustados para el período posterior al 1° de abril de 1991, pues la alzada dispuso expresamente que dicho porcentaje sólo podía referirse a la movilidad del haber, limitado al período anterior al señalado."

Sobre el planteo tardío de la actora (a fs. 180/181): "la cuestión introducida por el actor con posterioridad al vencimiento de los plazos y tendiente a que se aplique lo decidido en el precedente S.2578 L.XXXVIII. 'Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes varios', es sustancialmente análoga a la resuelta en las causas A.1333 L.XXXVIII 'Andino, Basilio Modesto c/ ANSeS s/ reajustes varios' y C.617 L.XLI 'Cortiñaz, Susana Emilia c/ ANSeS s/ reajustes varios', falladas el 9 de agosto de 2005, cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 09/08/2005
  • Andino, Basilio Modesto c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 09/08/2005
  • Cortiñaz, Susana Emilia c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 09/08/2005

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