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Corte Suprema

CASTAGNETTI HUMBERTO JOSE c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios deducidos por la ANSeS y revocó las sentencias apeladas en reclamos de reajuste por movilidad de haberes jubilatorios. Fijó, para el período desde el 1° de abril de 1991 hasta la entrada en vigencia de la ley 24.241, el alcance de la movilidad conforme al precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 53. XXVII. RHE
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes previsionales Recurso extraordinario Anses Ley 24.241 Regimen previsional Topes maximos Precedente chocobar Caja de prevision Seguridad social.

¿Quién es el actor?

Humberto José Castagnetti y otros beneficiarios del régimen previsional (causas acumuladas).

¿A quién se demanda?

INPS / Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles, y Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos (luego ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste por movilidad de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declararon procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, se revocaron las sentencias apeladas y, respecto de la movilidad desde el 1° de abril de 1991 hasta la vigencia de la ley 24.241, se ordenó aplicar el alcance fijado en el precedente "Chocobar, Sixto Celestino", con el alcance que surge de los considerandos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal remite, por razón de brevedad, a las consideraciones del precedente "Chocobar" (C.278.XXVIII, fallado el 27 de diciembre de 1996) y a los votos del juez Vázquez en esa causa y en "Bertone, Rogelio Héctor" (B.223.XXV, 15 de julio de 1997). Respecto del sistema de topes máximos, los jueces Nazareno, Belluscio, Boggiano, Bossert y López remiten a lo resuelto en "Del Azar Suaya, Abraham" (D.429.XXVIII, 25 de septiembre de 1997).

¿Cómo votaron los jueces?

los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert se remiten, en lo pertinente, a sus disidencias en "Chocobar". Estas disidencias no constituyen la decisión del Tribunal.

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997
  • Del Azar Suaya, AbrahamCSJN · 25/09/1997

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