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Corte Suprema

MENDEZ DARIO Y OTROS s/S/REC. DE CASACION

La Corte Suprema declaró admisible el recurso extraordinario interpuesto por Liliana Beatriz Sánchez Fratallone y dejó sin efecto el pronunciamiento de la Cámara Nacional de Casación Penal, ordenando el dictado de un nuevo fallo conforme al precedente Casal. La decisión se fundó en la remisión a la doctrina sentada en Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativa por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 3231. XLI. REX
Recurso extraordinario Casacion penal Remision a precedente Casal Cuestiones sustancialmente analogas Nuevo pronunciamiento Robo simple en grado de tentativa Doble conforme Camara nacional de casacion penal Corte suprema

Actor/recurrente: Liliana Beatriz Sánchez Fratallone (por derecho propio, con patrocinio letrado del Dr. Ricardo Ariel Osuna); también figuran como partes Mario Méndez y María Angel Kulpa.

Demandado/recurrido: Ministerio Público Fiscal, representado por el Dr. Ricardo Gustavo Weschler, fiscal general ante la Cámara Nacional de Casación Penal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso extraordinario contra la sentencia de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal, en el marco de una causa penal (robo simple en grado de tentativa, según el precedente citado) seguida en primera instancia ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la Provincia de Corrientes.

¿Qué se resolvió?

se declaró admisible el recurso extraordinario, se dejó sin efecto el pronunciamiento apelado y se ordenó que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo resuelto en "Casal". La votación fue unánime en la solución, aunque la ministra Argibay lo resolvió bajo la forma de "hacer lugar a la queja y declarar procedente el recurso extraordinario".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte no desarrolla argumentos propios sino que remite, "en razón de brevedad", a los fundamentos y conclusiones del precedente C.1757.XL "Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativa" (causa N° 1681), sentencia del 20 de septiembre de 2005. El texto de la remisión es: "Que las cuestiones planteadas en la presente causa resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en los autos C.1757.XL..., a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad."

Fallos que cita

  • Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativaCSJN · 20/09/2005

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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