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Corte Suprema

OLIVA FEDERICO GUILLERMO c/ INSTITUTO MUNICIPAL DE PREVISION SOCIAL s/MUNICIPALES

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de apelación interpuestos por la ANSeS en autos iniciados por jubilados contra el Instituto Municipal de Previsión Social por reajuste de haberes. El Tribunal confirmó las sentencias apeladas en cuanto a la tasa pasiva de interés, remitiendo a los fundamentos de Spitale, y desestimó por falta de fundamentación los restantes agravios del organismo previsional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
O. 58. XXXIX. ROR
Recursos ordinarios de apelacion Tasa pasiva de interes Reajuste previsional Falta de fundamentacion Remision a precedente Anses Instituto municipal de prevision social Spitale Seguridad social Haberes jubilatorios

¿Quién es el actor?

Federico Guillermo Oliva y Nelly Edith Belondi de De Cristófaro (causas acumuladas).

¿A quién se demanda?

Instituto Municipal de Previsión Social / Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), que interpone los recursos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales (materia municipal/previsional), con cuestionamiento sobre la tasa de interés aplicable.

¿Qué se resolvió?

se declaran procedentes los recursos ordinarios de apelación y se confirman las sentencias apeladas según lo resuelto en "Spitale, Josefa" (Fallos 327:3721). Los demás agravios del organismo se desestiman por carecer de fundamentación suficiente respecto de las sentencias cuestionadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "Que los agravios de la ANSeS vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razón de brevedad."

Considerando 3°: "Que los restantes planteos del organismo previsional no se refieren a aspectos específicos de las sentencias cuestionadas, por lo que carecen del requisito de fundamentación."

Parte dispositiva: "declarar procedentes los recursos ordinarios de apelación interpuestos y confirmar las sentencias apeladas según lo resuelto en el fallo 'Spitale, Josefa' citado."

No hay votos en disidencia: el fallo es unánime y fue suscripto por los siete ministros.

Fallos que cita

  • Spitale, JosefaCSJN · Fallos 327:3721

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