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Corte Suprema

ECHEVARRIA JUAN FRANCISCO c/ INPS-CAJA NAC DE PREV PARA EL PERS DEL EST Y SERV PUBL. s/

Los jubilados de la Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos reclamaron el reajuste de sus haberes por movilidad. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, revocó las sentencias apeladas y ordenó aplicar la movilidad desde 1991 según el precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
E. 47. XXIX. RHE
Movilidad Reajuste de haberes previsionales Caja nacional de prevision para el personal del estado y servicios publicos Ley 24.241 Regimen previsional Topes maximos Recurso extraordinario Anses Precedente chocobar Sistema de reparto

¿Quién es el actor?

Juan Francisco Echevarría y otros (más de 300 causas acumuladas contra la Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos, INPS, y otras cajas previsionales).

¿A quién se demanda?

INPS-Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos; ANSeS en los recursos extraordinarios.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haberes previsionales por movilidad.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, con el alcance de las consideraciones, se declaran procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS y se revocan las sentencias apeladas. En cuanto a la movilidad desde el 1° de abril de 1991 hasta la vigencia de la ley 24.241, se ordena aplicarla según el alcance fijado en "Chocobar, Sixto Celestino". Respecto del sistema de topes máximos, los jueces Nazareno, Belluscio, Boggiano, Bossert y López remiten a lo resuelto en "Del Azar Suaya, Abraham".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Según el considerando, las cuestiones planteadas en las causas son "sustancialmente análogas" a las examinadas en "Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad" (C.278.XXVIII, fallada el 27 de diciembre de 1996, con votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano y López, y votos del juez Vázquez), y en "Bertone, Rogelio Héctor" (B.223.XXV, 15 de julio de 1997), "a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad". Los fundamentos concretos de la mayoría están en "Chocobar", que este fallo no reproduce. Los votos en disidencia de Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert se remiten a lo expuesto en esa causa, por lo que no son transcribibles desde este texto.

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidadCSJN · 27/12/1996
  • Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997
  • Del Azar Suaya, Abraham c/ I.N.P.S. - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 25/09/1997

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