GONZALEZ EDGARDO EUGENIO s/RECURSO EXTRAODINARIO
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por González y dejó sin efecto el pronunciamiento apelado. La decisión se fundó en remitir a los argumentos del precedente Menna, por tratarse de agravios sustancialmente análogos.
Actor (recurrente): Edgardo Eugenio González.
Demandado (recurrido): no surge del texto de la sentencia.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
el recurso de queja interpuesto por González contra la denegación de un recurso extraordinario, en una causa que no se individualiza en el fallo.
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente el recurso extraordinario, se dejó sin efecto el pronunciamiento apelado y se devolvieron las actuaciones al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte nuevo fallo conforme a lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios traídos a conocimiento del Tribunal en el presente recurso son sustancialmente análogos a los tratados y resueltos el 25 de septiembre de 1997 en la causa M.305.XXXII. 'Menna, Luis s/ recurso de queja', a cuyos fundamentos cabe remitirse por razones de brevedad."
"Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto el pronunciamiento apelado. Agréguese copia del precedente citado."
La remisión a los fundamentos de "Menna" es el único sustento de la decisión; el fallo no desarrolla argumentos propios.
¿Cómo votaron los jueces?
la sentencia es unánime en su resultado. Los ministros Belluscio, Petracchi, Boggiano y Bossert votaron remitiendo al voto conjunto de esos mismos jueces en "Menna"; el ministro Vázquez remitió a su propio voto en esa causa. Los ministros Nazareno, Moline O'Connor, Fayt y López suscriben la sentencia sin voto separado.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Fallos que cita
- Menna, Luis s/ recurso de quejaCSJN · 25/09/1997
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.