CAMCILFER S.A. c/ s/CONCURSO PREVENTIVO
La Corte Suprema desestimó la queja interpuesta por el Fisco Nacional (DGI) en el marco del concurso preventivo de Camcilfer S.A., por considerar inadmisible el recurso extraordinario denegado. Además, condenó a la DGI a integrar el depósito correspondiente, cuyo pago estaba diferido conforme a la acordada 47/91.
¿Quién es el actor?
Fisco Nacional – Dirección General Impositiva (recurrente en queja).
¿A quién se demanda?
Camcilfer S.A., en concurso preventivo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho contra la denegación de un recurso extraordinario federal dentro del concurso preventivo de la sociedad.
¿Qué se resolvió?
La Corte desestimó la queja por inadmisibilidad del recurso extraordinario (art. 280 del CPCCN) y condenó a la DGI a satisfacer el depósito respectivo, cuyo pago se encontraba diferido por la acordada 47/91.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." El fallo no desarrolla fundamentos adicionales; la inadmisibilidad se sustenta exclusivamente en la aplicación del art. 280 del CPCCN.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Acordada 47
- Ley 17.454
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.