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Corte Suprema

BASILIO NESTOR ANIBAL s/S/REC. DE QUEJA

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario deducido por la defensa de Néstor Aníbal Basilio y dejó sin efecto la sentencia de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme al precedente Casal. La ministra Argibay votó en disidencia por declarar el recurso inadmisible.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 2295. XLI. REX
Recurso extraordinario Recurso de queja Doble conforme Revision amplia de sentencia condenatoria Casal Camara nacional de casacion penal Garantia del recurso Proceso penal Control de la sentencia Reenvio.

Actor (recurrente): Néstor Aníbal Basilio, por intermedio de su defensor oficial, Dr. Juan Carlos Sambucetti (h).

Demandado (recurrido): el Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general Dr. Pedro Narvaiz.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso extraordinario contra la sentencia de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal, que había intervenido en la causa penal seguida al recurrente tras el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de San Martín.

¿Qué se resolvió?

por mayoría de cinco ministros, se declaró procedente el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia impugnada y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento ajustado a lo decidido en "Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativa" (C.1757.XL, sentencia del 20 de septiembre de 2005).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte expresa que "las cuestiones planteadas en la presente causa resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en los autos C.1757.XL. 'Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativa'", remitiendo "a sus fundamentos y conclusiones … en razón de brevedad". La remisión implica que la solución se apoya en el estándar de revisión amplia de la sentencia condenatoria desarrollado en ese precedente. La ministra Argibay, en disidencia, sostuvo que "el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)" y, por ello, lo declaró mal concedido. Esa postura quedó en minoría y no integra la decisión del tribunal.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativaCSJN · 20/09/2005

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