POZNER ADRIANA MIRTA c/ DEL CASTILLO RODOLFO Y OTROS Y OTRO s/ORDINARIO
La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar parcialmente a la queja y declaró procedente el recurso extraordinario contra el rechazo de una demanda por simulación de operaciones patrimoniales entre concubinos. El Tribunal descalificó como arbitraria la sentencia que había desestimado la pretensión sin ponderar adecuadamente la prueba, dejándola sin efecto sólo respecto de la cuenta corriente en el Security Pacific Bank.
¿Quién es el actor?
Adriana Mirta Pozner.
¿A quién se demanda?
Rodolfo Del Castillo y otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
declarar simuladas determinadas operaciones de transferencia de bienes realizadas por el demandado, que habrían permitido apropiarse de bienes en los que la actora tenía participación o titularidad exclusiva, y disolución de una sociedad de hecho.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial sólo con relación a la cuenta corriente en el Security Pacific Bank, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento. Costas en proporción al resultado de los vencimientos recíprocos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...el a quo prescinde de dar un tratamiento adecuado a la controversia de acuerdo con las constancias de la causa y la normativa aplicable... y formula una consideración fragmentaria de los elementos conducentes para la decisión del litigio".
"...no pudo el sentenciante ponderar la prueba del modo en que lo hizo, sin hacerse cargo de que las particularidades de esa misma relación -cimentada en la confianza de un proyecto común de vida- tornaban inapropiada la exigencia de contradocumentos e innecesaria la preconstitución de prueba destinada a probar un supuesto fraude que no parece hubiera podido sospecharse."
"...de los términos del pronunciamiento no se desprende una apreciación convincente del criterio empleado para arribar al resultado obtenido, con grave menoscabo de la garantía de defensa en juicio del damnificado."
¿Cómo votaron los jueces?
"...la sentencia impugnada se apoya en afirmaciones dogmáticas que le dan un fundamento sólo aparente... La actora acreditó la existencia de una cuenta corriente a nombre de ambas partes... tal conclusión pasa por alto la comunidad de derechos que implica la cuenta abierta a nombre de ambos..."
¿Cómo votaron los jueces?
consideraron inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 CPCCN) y desestimaron la presentación directa.
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Normas que cita
Fallos que cita
- Fallos 310:927CSJN
- Fallos 311:1171CSJN
- Fallos 312:1234CSJN
- Fallos 311:608CSJN
- Fallos 318:2425CSJN
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