OLIVERA JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El jubilado Juan Carlos Olivera reclamó el reajuste de sus haberes previsionales contra la ANSeS, y la prescripción liberatoria fue uno de los agravios centrales. La Corte Suprema declaró procedente el recurso del actor, declaró desierto el de la demandada y revocó la sentencia de Cámara remitiendo a los precedentes Domínguez y Sánchez.
¿Quién es el actor?
Juan Carlos Olivera (jubilado).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes previsionales (reajustes varios).
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedente el recurso del actor, desierto el de la demandada y revocó la sentencia apelada, con el alcance que surge de los precedentes "Domínguez" y "Sánchez".
Antecedentes: la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social había confirmado parcialmente la sentencia de primera instancia que ordenó el reajuste, revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18.037 y postergó su tratamiento para la liquidación. Ambas partes apelaron según el art. 19 de la ley 24.463.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre la prescripción liberatoria: "los agravios del actor relacionados con la prescripción liberatoria, suscitan al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en el precedente publicado en Fallos: 326:1436 ('Domínguez, Amparo Carmen'), a cuyas consideraciones corresponde remitir por razón de brevedad, solución que exime al Tribunal de analizar la cuestión referente a la validez de la notificación del acto administrativo y al reconocimiento de deuda que habría ejecutado la accionada."
Sobre la ley 23.928: "la cuestión referente a que la entrada en vigencia de la ley 23.928 no afectó la movilidad establecida por la ley 18.037, guarda sustancial analogía con el examinado por el Tribunal en la causa S.2758.XXXVIII. 'Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes varios', sentencias del 17 de mayo y 28 de julio de 2005, respectivamente, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."
Sobre la deserción: "no obstante haberse notificado al organismo previsional de la providencia que ordenaba poner los autos en secretaría a los fines del artículo 280, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, no presentó el memorial exigido por dicha norma."
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Normas que cita
- Ley 18.037art. 55 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Domínguez, Amparo CarmenCSJN · Fallos 326:1436
- Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 28/07/2005
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