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Corte Suprema

IRAOLA ELBA ROSA c/ ESTEBAN ALBERTO FERNANDO s/EJECUCION HIPOTECARIA

El Procurador General dictaminó sobre un recurso extraordinario interpuesto en una ejecución hipotecaria regida por la legislación de emergencia y el Régimen de Refinanciación Hipotecaria. Propuso declarar procedente el recurso y revocar la sentencia apelada, remitiendo en lo pertinente a un dictamen previo en una causa análoga.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
I. 358. XLI. RHE
Ejecucion hipotecaria Legislacion de emergencia Ley 25.561 Decreto 214/02 Ley 25.820 Regimen de refinanciacion hipotecaria Ley 25.798 Obligaciones en moneda extranjera Recurso extraordinario Dictamen procuracion general

¿Quién es el actor?

Elba Rosa Iraola

¿A quién se demanda?

Alberto Fernando Esteban

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución hipotecaria.

¿Qué se resolvió?

Se trata de un dictamen (no de una sentencia) de la Procuración General, que opina que corresponde declarar procedente el recurso extraordinario y revocar la sentencia apelada. La Corte no se ha pronunciado en este documento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Toda vez que las cuestiones materia de recurso en los presentes actuados, en orden a la constitucionalidad y aplicación de la legislación de emergencia (ley 25.561, decreto 214/02, y ley 25.820) y a la constitucionalidad del Régimen de Refinanciación Hipotecaria establecido por la ley 25.798 (texto según ley 25.908), guardan sustancial analogía con las examinadas en la causa: S.C. G. N° 1360, L. XLI, caratulada 'Guijun S.A. y otros c/ Wrubel Marta Ángela y otros s/ Ejecución hipotecaria', dictaminada por esta Procuración General el día 13 de junio de 2006, corresponde remitir, en lo pertinente, a los términos y consideraciones allí vertidos, por razones de brevedad."

"Respecto a los demás agravios, referidos a la arbitrariedad de la sentencia, no corresponde que sean examinados en este dictamen, dado que la queja ha sido declarada procedente por V.E a fs. 43 del cuaderno de queja, solamente sobre la base de que los argumentos expresados en el recurso extraordinario y mantenidos en la queja, en cuanto se relacionan con la aplicación de normas de emergencia respecto de obligaciones expresadas originariamente en moneda extranjera, podrían prima facie involucrar cuestiones de orden federal."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Guijun S.A. y otros c/ Wrubel Marta Ángela y otros s/ Ejecución hipotecariaCSJN · 13/06/2006

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