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Corte Suprema

MASSA MARIA c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios deducidos por la A.N.Se.S. y revocó las sentencias apeladas en reclamos de reajuste por movilidad previsional. Ordenó que la movilidad entre el 1° de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241 se aplique según el alcance fijado en el precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 652. XXVII. REX
Movilidad previsional Haberes previsionales Reajuste por movilidad Ley 24.241 Regimen previsional Topes maximos Tasa de intereses Recurso extraordinario A.n.se.s. Chocobar

¿Quién es el actor?

María Massa y otros beneficiarios previsionales (cuestión conexa de 81 expedientes acumulados).

¿A quién se demanda?

INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles; Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos; A.N.Se.S. (recurrente en los extraordinarios).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar a los recursos extraordinarios de la A.N.Se.S., se revocaron las sentencias apeladas y se ordenó aplicar, para el período indicado, el alcance fijado en "Chocobar". En cuanto al fondo, los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert se remitieron a sus disidencias en esa causa, lo que implica que votaron en disidencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal remite, por razones de brevedad, a las consideraciones de "Chocobar, Sixto Celestino" (fallada el 27 de diciembre de 1996, votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano y López, y votos del juez Vázquez, y en "Bertone, Rogelio Héctor" del 15 de julio de 1997). Respecto del sistema de topes máximos, los jueces Nazareno, Belluscio, Boggiano, Bossert y López remiten a "Del Azar Suaya, Abraham" (25 de septiembre de 1997). En materia de tasa de intereses, se sigue el criterio de "Banco Sudameris c/ Belcam S.A." (17 de mayo de 1994) y "Gil, Arnaldo Vicente" (12 de marzo de 1996), con criterio concurrente, adverso a la procedencia del recurso, de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, López, Belluscio, Petracchi y Bossert. Los jueces Boggiano y Fayt se remiten a sus votos en "López, Antonio Manuel c/ Explotación Pesquera de la Patagonia S.A." y "Acopionor SA s/ Concurso preventivo".

Nota sobre la disidencia: la fórmula "en lo pertinente, a sus disidencias" de Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert expresa su postura contraria al fondo del asunto; no se transcriben fundamentos propios en este fallo.

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidadCSJN · 27/12/1996
  • Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997
  • Del Azar Suaya, Abraham c/ I.N.P.S. - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 25/09/1997
  • Banco Sudameris c/ Belcam S.A. y otraCSJN · 17/05/1994
  • Gil, Arnaldo VicenteCSJN · 12/03/1996
  • López, Antonio Manuel c/ Explotación Pesquera de la Patagonia S.A.CSJN · 10/06/1992
  • Acopionor SA s/ Concurso preventivoCSJN · 09/06/1994

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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