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Corte Suprema

RIVAROLA MABEL ANGELICA c/ NEUMATICOS GOODYEAR S.A. Y OTRO s/FALLECIMIENTO TRABAJ. MONTO DE CONDENA

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y declaró procedente el recurso extraordinario de la actora en el juicio contra Neumáticos Goodyear S.A., dejando sin efecto la sentencia apelada y ordenando dictar un nuevo fallo. La Dra. Argibay votó en disidencia por desestimar la queja por inadmisibilidad del recurso extraordinario.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 1738. XXXVIII. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario Queja Sentencia dejada sin efecto Costas Reenvio Inadmisibilidad Art. 280 cpccn Neumaticos goodyear s.a. Disidencia

¿Quién es el actor?

Mabel Angélica Rivarola (parte actora, quien interpuso el recurso de hecho).

¿A quién se demanda?

Neumáticos Goodyear S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

No surge del texto transcripto.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas, devolviéndose los autos al tribunal anterior para que dicte un nuevo fallo conforme a lo resuelto. La Dra. Argibay votó en disidencia por desestimar la queja por ser inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 del CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal, a los que corresponde remitirse en razón de brevedad." La disidencia de la Dra. Argibay sostuvo: "Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." Estos son los únicos fundamentos del fallo; la mayoría se remite al dictamen del Procurador Fiscal, cuyo contenido no se transcribe en el documento.

Normas que cita

  • CPCCNarts. 68, 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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