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Corte Suprema

DIAZ ECHEGARAY INES c/ BRITO OSCAR MARCELO Y OTRO s/EJECUTIVO

Lavalle S.A. interpuso recurso extraordinario contra la sentencia de la Sala E de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial que revocó la de primera instancia y llevó adelante una ejecución en dólares estadounidenses. La Procuración General dictaminó que corresponde declarar procedente el recurso y revocar esa sentencia, por la aplicación de la legislación de emergencia (leyes 25.561 y 25.820 y decreto 214/02).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 128. XLII. REX
Ejecucion Legislacion de emergencia Pesificacion Ley 25.561 Ley 25.820 Decreto 214/02 Recurso extraordinario Dolares estadounidenses Sentencia firme de trance y remate Procuracion general.

¿Quién es el actor?

Inés Díaz Echegaray.

¿A quién se demanda?

Oscar Marcelo Brito y otro; el recurso extraordinario lo interpuso Lavalle S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución (juicio ejecutivo) por la suma en dólares estadounidenses reclamada.

¿Qué se resolvió?

el dictamen de la Procuración General propone declarar procedente el recurso extraordinario y revocar la sentencia de fs. 607/09. La decisión de la Corte aún no consta en el documento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Corresponde poner de relieve que las cuestiones materia de recurso en los presentes actuados, en orden a la aplicación de la legislación de emergencia (leyes 25.561, 25820 y decreto 214/02), guardan sustancial analogía con las examinadas en la causa: S. C. P. 122, L. XXXIX, caratulada 'Pérsico, Luigi c/ Maffulli, Ciro y otro s/ Ejecución Hipotecaria' dictaminada por esta Procuración el día 26 de octubre de 2004, a cuyos términos y consideraciones cabe remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad."

"Asimismo al existir en autos sentencia firme de trance y remate (v. fs. 121/5), y haberse invocado tal circunstancia como objeción para la aplicación de la legislación de emergencia, corresponde señalar, a todo evento, que esta Procuración se ha pronunciado sobre el tema en los autos S.C.S. N° 499, L. XXXIX, caratulados 'Souto de Adler, Mercedes c/ Martorano, Marta Teresa s/ Ejecución Hipotecaria', dictaminados el día 24 de junio de 2005, a cuyos argumentos (ítem V a ítem VIII inclusive) también remito, en lo pertinente, 'brevitatis causae'."

"Por lo expuesto, opino que corresponde declarar procedente el recurso extraordinario y revocar la sentencia de fs. 607/09 de los autos principales."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Pérsico, Luigi c/ Maffulli, Ciro y otro s/ Ejecución HipotecariaCSJN · 26/10/2004
  • Souto de Adler, Mercedes c/ Martorano, Marta Teresa s/ Ejecución HipotecariaCSJN · 24/06/2005

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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