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Corte Suprema

GARAY MIGUEL ANGEL BENITO c/ INPS-CAJA NACIONAL DE PREVISION PARA TRABAJAD ORES AUTON s/

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario en un reclamo de jubilación por invalidez contra la Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos. Dejó sin efecto la sentencia apelada por remisión a precedentes análogos y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 881. XXXI. REX
Jubilacion por invalidez Recurso extraordinario Caja nacional de prevision para trabajadores autonomos Seguridad social Remision a precedentes Sentencia dejada sin efecto Reenvio.

¿Quién es el actor?

Miguel Angel Benito Garay.

¿A quién se demanda?

INPS - Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Jubilación por invalidez.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada. Ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal afirmó que la cuestión planteada es sustancialmente análoga a la resuelta en las causas "Barrera, Mercedes Francisca c/ Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos" (5 de septiembre de 1995) y "Silveira, Luisa c/ INPS - Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos" (10 de diciembre de 1997). Y expresó textualmente: "a cuyas consideraciones cabe remitirse en razón de brevedad." No se formulan consideraciones propias adicionales en este fallo. No hay votos en disidencia.

Fallos que cita

  • Barrera, Mercedes Francisca c/ Caja Nacional de Previsión para Trabajadores AutónomosCSJN · 05/09/1995
  • Silveira, Luisa c/ INPS - Caja Nacional de Previsión para Trabajadores AutónomosCSJN · 10/12/1997

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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