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Corte Suprema

ALTAMIRANO CELIA DE LAS MERCEDES c/ ESTADO NACIONAL - PODER EJECUTIVO NACIONAL - DTO. 92/97 s/AMPARO LEY 16.986

Las demandas de amparo promovidas por numerosos particulares contra el Poder Ejecutivo Nacional y la Secretaría de Energía y Comunicaciones por el Decreto 92/97 fueron rechazadas en primera instancia y la Corte Suprema, por mayoría, declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto los fallos apelados y desestimó liminarmente las demandas, remitiéndose a lo resuelto en la causa Defensor del Pueblo de la Nación del 7 de mayo de 1998. Belluscio, Petracchi y Bossert votaron en disidencia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 47. XXXIV. REX
Amparo Decreto 92/97 Secretaria de energia y comunicaciones Recurso extraordinario Desestimacion liminar Servicios publicos Tarifas telefonicas Poder ejecutivo nacional Ley 16.986 Acumulacion de causas.

¿Quién es el actor?

Celia de las Mercedes Altamirano y otros numerosos particulares (causas acumuladas: Bega, Cáceres, Carrizo, Casamiguela, Castro, Ciambelli, Coltella, Coria, De la Puente, Gardiol, Gibezzi de Granda, Glerean, Habib, Ibáñez, Lariño, Machiado, Trelles, Zambarbieri, entre otros).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Poder Ejecutivo Nacional - Secretaría de Energía y Comunicaciones.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo (Ley 16.986) contra el Decreto 92/97.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declararon procedentes los recursos extraordinarios, se dejaron sin efecto los fallos apelados y se desestimaron liminarmente las demandas, sin costas. La disidencia de Belluscio y Bossert propuso declarar inadmisibles los recursos extraordinarios, y la de Petracchi propuso rechazarlos con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte, el 7 de mayo del año en curso en las causas D.218.XXXIII 'Defensor del Pueblo de la Nación c/ Estado Nacional - Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo ley 16.986' y P.475.XXXIII 'PRODELCO c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo' -mayoría y voto concurrente del juez Boggiano-, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse por razones de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

los votos de Belluscio y Bossert, y de Petracchi, remiten igualmente a la causa "Defensor del Pueblo" y se pronuncian por la inadmisibilidad y el rechazo de los recursos extraordinarios, respectivamente.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Defensor del Pueblo de la Nación c/ Estado Nacional - Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo ley 16.986CSJN · 07/05/1998
  • PRODELCO c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ amparoCSJN · 07/05/1998

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