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Corte Suprema

ANTONUCCI ANDRES c/ INPS-CAJA NAC DE PREV PARA EL PERS DEL EST Y SERV PUBL. s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS y revocó las sentencias apeladas en reclamos de reajuste por movilidad de haberes previsionales. Ordenó aplicar, para el período comprendido entre el 1° de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241, el alcance de movilidad fijado en el precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 478. XXXII. REX
Movilidad de haberes previsionales Reajuste previsional Recurso extraordinario Ley 24.241 Precedente chocobar Topes maximos Anses Cajas previsionales Sistema previsional Ley 18.037.

¿Quién es el actor?

Andrés Antonucci y otros actores (ciento de causas acumuladas, entre ellos Andrada, Abbiati, Acevey, Abramiec, entre otros).

¿A quién se demanda?

INPS-Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos; INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles; ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios deducidos por la ANSeS y revocó las sentencias apeladas. En cuanto a la movilidad correspondiente desde el 1° de abril de 1991 hasta la entrada en vigencia del régimen de la ley 24.241, ordenó que se aplique según el alcance fijado en el precedente "Chocobar, Sixto Celestino". Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert se remitieron a sus disidencias en esa causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en las causas referidas respecto del fondo del asunto resultan sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa C.278.XXVIII 'Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad', votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano y López, fallada con fecha 27 de diciembre de 1996, y votos del juez Vázquez en dicha causa y en autos B.223.XXV 'Bertone, Rogelio Héctor' del 15 de julio de 1997, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad."

"Que respecto del sistema de topes máximos, los jueces Nazareno, Belluscio, Boggiano, Bossert y López remiten a lo resuelto en la causa D.429.XXVIII 'Del Azar Suaya, Abraham c/ I.N.P.S. - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles', fallada con fecha 25 de septiembre de 1997."

Nota: el fallo no desarrolla por sí mismo los fundamentos de fondo; los remite a los precedentes citados.

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 27/12/1996
  • Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997
  • Del Azar Suaya, Abraham c/ I.N.P.S. - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 25/09/1997

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