JurisprudenciaARG
Corte Suprema

LOPEZ MIGUEL ANGEL s/S/INF. LEY 23737

La Procuración General dictaminó en una contienda negativa de competencia entre el Juzgado de Garantías n° 1 y el Juzgado Federal n° 2 de Morón por una causa por infracción al artículo 14 de la ley 23.737. Propuso que corresponde al Juzgado Federal n° 2 seguir conociendo, por la conexidad con una causa federal en trámite contra el mismo imputado y por el carácter prioritario de la jurisdicción federal en la materia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 797. XLII. COM
Contienda negativa de competencia Ley 23.737 Ley 26.052 Conexidad Competencia federal Jurisdiccion local Estupefacientes Juzgado federal n? 2 de moron Juzgado de garantias n? 1 Administracion de justicia.

¿Quién es el actor?

Juzgado de Garantías n° 1 de Morón (provincia de Buenos Aires), que se declaró incompetente.

¿A quién se demanda?

Juzgado Federal n° 2 de Morón, que no aceptó la atribución de competencia.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Determinar qué tribunal debe conocer en la causa seguida contra Miguel Ángel López por infracción al artículo 14 de la ley 23.737.

¿Qué se resolvió?

No hay decisión del tribunal; se trata de un dictamen de la Procuración General que propone que corresponde al Juzgado Federal n° 2 de Morón seguir conociendo en la causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"A mi modo de ver la jurisprudencia invocada por el magistrado nacional no resulta aplicable al caso en que rige la norma establecida en el artículo 3° de la ley 26.052."

"esa norma modificó sustancialmente la competencia material para algunas de las conductas típicas contenidas en la ley de estupefacientes, al asignar su conocimiento a la justicia local, siempre que las provincias adhieran a ese régimen legal, lo que de ningún modo importa desconocer el carácter prioritario de la jurisdicción federal en la materia, tal como incluso se ve reflejado en la regla del artículo 4°."

"lo dispuesto en el artículo 3° responde a ese mismo principio, en tanto la aplicación de las reglas de conexidad están inspiradas en asegurar una más expedita y uniforme administración de justicia (Fallos: 311:695; 311:1514 y 1515; 312:645 entre muchos otros), sin que por lo tanto tampoco resulte aplicable en estos supuestos la limitación establecida por el artículo 7° de la ley 26.052."

"toda vez que contra el imputado tramita una causa por ante el Juzgado Federal n° 2 de Morón (ver fs. 15/17 y 19/21) opino que corresponde a ese tribunal seguir conociendo en la presente."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Contienda negativa de competencia (Fallos: 311:695)CSJN · Fallos 311:695
  • Fallos 311:1514CSJN
  • Fallos 312:645CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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