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Corte Suprema

MARI ALBINO MARIO c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/

Los beneficiarios de haberes previsionales promovieron reclamos de reajuste por movilidad contra la Caja Nacional de Previsión, en procesos de aplicación de la ley 18.037 y sus modificatorias. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, revocó las sentencias apeladas y ordenó aplicar, para el período comprendido entre el 1° de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.241, el alcance fijado en el precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 887. XXIX. RHE
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Ley 18.037 Ley 24.241 Recurso extraordinario Anses Caja nacional de prevision Topes maximos Precedente chocobar Seguridad social

¿Quién es el actor?

Mario Albino Mari y los demás beneficiarios de los autos acumulados (más de doscientos expedientes previsionales).

¿A quién se demanda?

INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles, y la ANSeS en los recursos extraordinarios.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes jubilatorios por movilidad, con sustento en la ley 18.037 y sus modificatorias.

¿Qué se resolvió?

"con el alcance que surge de las consideraciones que anteceden, declarar procedentes los recursos extraordinarios deducidos por la ANSeS; en consecuencia, se revocan las sentencias apeladas; en cuanto a la movilidad que corresponde desde el 1° de abril de 1991 hasta que entró en vigencia el régimen instaurado por la ley 24.241, ordenar que se aplique según el alcance fijado en el precedente 'Chocobar, Sixto Celestino' citado."

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el tribunal remite, por razón de brevedad, a las consideraciones de la causa "Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos" (fallada el 27 de diciembre de 1996), a los votos del juez Vázquez en esa causa y en "Bertone, Rogelio Héctor" (15 de julio de 1997), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Respecto del sistema de topes máximos, la mayoría remite a lo resuelto en "Del Azar Suaya, Abraham c/ I.N.P.S." (25 de septiembre de 1997). Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert, en disidencia, se remiten en lo pertinente a sus votos en la causa "Chocobar". Por la naturaleza remisiva del fallo, los fundamentos sustantivos se encuentran en los precedentes citados y no en el texto de esta sentencia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 27/12/1996
  • Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997
  • Del Azar Suaya, Abraham c/ I.N.P.S. - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 25/09/1997

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