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Corte Suprema

FISCAL s/PECULADO -CAUSA N° 4180-

La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por Luis Alberto Ledesma Nievas, declaró procedente el recurso extraordinario federal y dejó sin efecto el pronunciamiento de la Suprema Corte de Mendoza, ordenando dictar uno nuevo conforme a su doctrina. La decisión se fundó en remisión a precedentes de la Corte (Fallos 327:3824 y las causas C.1757.XL y M.1451.XXXIX), dado que la cuestión era sustancialmente análoga.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 1551. XLI. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario federal Queja Procedencia Remision a precedentes Casal Robo simple en grado de tentativa Doble conforme Sentencia penal Suprema corte de mendoza

Actor/Recurrente: Luis Alberto Ledesma Nievas.

Demandado/Parte contraria: Ministerio Fiscal (causa Fiscal c/ Ledesma Nievas, Luis Alberto), en el marco de un proceso penal (robo en grado de tentativa, según los precedentes citados).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho contra la denegación del recurso extraordinario federal deducido contra la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza.

¿Qué se resolvió?

Mayoría: hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario, dejar sin efecto la sentencia apelada y remitir la causa al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. Disidencia (Argibay): desestimar la queja por inadmisibilidad del recurso extraordinario (art. 280 CPCCN) e intimar el depósito del art. 286.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la cuestión debatida en autos es sustancialmente análoga a la tratada y resuelta por esta Corte en Fallos: 327:3824, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse en razón de brevedad."

"Que superada la cuestión acerca de la tempestividad del recurso, en el caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto el 20 de septiembre de 2005 por el Tribunal en el expediente C.1757.XL 'Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativa - causa N° 1681' (votos de los infrascriptos), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad."

"Asimismo, los jueces Maqueda y Petracchi se remiten, además, a sus votos respectivos en la causa M.1451.XXXIX 'Martínez Areco, Ernesto s/ causa N° 3792', sentencia del 25 de octubre de 2005."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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