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Corte Suprema

PAZ JORGE ROBERTO c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios deducidos por la ANSeS y revocó las sentencias apeladas en reclamos de reajuste por movilidad de haberes previsionales. Ordenó aplicar, para el período comprendido entre el 1° de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241, el alcance de movilidad fijado en el precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 307. XXXI. REX
Movilidad Haberes previsionales Recurso extraordinario Anses Reajuste por movilidad Ley 24.241 Precedente chocobar Topes maximos Caja nacional de prevision Seguridad social

¿Quién es el actor?

Jorge Roberto Paz, y otros centenares de jubilados y pensionados cuyos reclamos fueron acumulados en el expediente.

¿A quién se demanda?

INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles, y otras cajas previsionales; la ANSeS interpuso los recursos extraordinarios.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales por movilidad.

¿Qué se resolvió?

con el alcance que surge de los considerandos, se declararon procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, se revocaron las sentencias apeladas, y, en cuanto a la movilidad desde el 1° de abril de 1991 hasta la vigencia de la ley 24.241, se ordenó aplicarla según el alcance fijado en el precedente "Chocobar, Sixto Celestino". Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert se remitieron, en lo pertinente, a sus disidencias en esa causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en las causas referidas respecto del fondo del asunto resultan sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa C.278. XXVIII 'Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad', votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano y López, fallada con fecha 27 de diciembre de 1996, y votos del juez Vázquez en dicha causa y en autos B.223.XXV 'Bertone, Rogelio Héctor' del 15 de julio de 1997, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad."

"Que respecto del sistema de topes máximos, los jueces Nazareno, Belluscio, Boggiano, Bossert y López remiten a lo resuelto en la causa D.429.XXVIII 'Del Azar Suaya, Abraham c/ I.N.P.S. - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles', fallada con fecha 25 de septiembre de 1997."

Nota: el texto recibido no incluye los considerandos de la causa "Chocobar", a los que esta sentencia remite; por eso el alcance concreto de la movilidad ordenada no puede determinarse solo con este documento.

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · 27/12/1996
  • Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997
  • Del Azar Suaya, Abraham c/ I.N.P.S. - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 25/09/1997

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