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Corte Suprema

LUCERO RAMON ANGEL c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por mayoría, hizo lugar a los recursos extraordinarios deducidos por la ANSeS y revocó las sentencias que habían reajustado los haberes de los jubilados. Fijó la movilidad aplicable entre el 1° de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241 conforme al precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 52. XXVIII. RHE
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes previsionales Ley 24.241 Precedente chocobar Recurso extraordinario Anses Sistema de topes maximos Caja nacional de prevision Seguridad social Derecho de propiedad.

¿Quién es el actor?

Ramón Ángel Lucero y otros jubilados (causa principal y numerosas causas acumuladas).

¿A quién se demanda?

INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles; Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos; ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales por movilidad.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declararon procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, se revocaron las sentencias apeladas y se ordenó que la movilidad entre el 1° de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.241 se aplique según el alcance fijado en "Chocobar".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el fallo remite, por razones de brevedad, a las consideraciones de la causa "Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad" (27/12/1996) y a los votos del juez Vázquez en "Bertone, Rogelio Héctor" (15/07/1997). Respecto del sistema de topes máximos, los jueces Nazareno, Belluscio, Boggiano, Bossert y López remiten a lo resuelto en "Del Azar Suaya, Abraham c/ I.N.P.S." (25/09/1997).

¿Cómo votaron los jueces?

los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert se remiten, en lo pertinente, a sus disidencias en la causa "Chocobar". Esta posición no constituye la decisión del tribunal.

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidadCSJN · 27/12/1996
  • Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997
  • Del Azar Suaya, Abraham c/ I.N.P.S. - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 25/09/1997

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