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Corte Suprema

VITELLI MIGUEL ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la actora y de la ANSeS en un reajuste previsional. Revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 16 de la ley 24.463 por falta de perjuicio concreto al actor, y confirmó la sentencia en lo relativo a la tasa pasiva de interés.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 189. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Art. 16 ley 24.463 Inconstitucionalidad en abstracto Limitacion de recursos Tasa pasiva de interes Plazo de cumplimiento de sentencia Anses Recurso ordinario Badaro

¿Quién es el actor?

Miguel Alberto Vitelli, jubilado.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste del haber jubilatorio.

¿Qué se resolvió?

la Corte revocó la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social en cuanto declaró la inconstitucionalidad del art. 16 de la ley 24.463, por no surgir perjuicio concreto de su aplicación al actor (considerando 6). Confirmó la sentencia en cuanto a la tasa pasiva de interés, remitiendo a "Spitale" (considerando 5). Remitió a "Sánchez" y "Badaro" respecto de la movilidad y del método de actualización, y a "Perletto" respecto del plazo de cumplimiento. Ordenó a la ANSeS dar cumplimiento a la parte consentida del fallo y a lo resuelto en la presente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"61) Que respecto de las impugnaciones en punto a la defensa de limitación de recursos (art. 16 de la ley 24.463), no surge de la presente causa el perjuicio concreto que su aplicación podría haberle ocasionado al actor, por lo que la declaración de inconstitucionalidad de dicha norma ha sido efectuada en abstracto y debe ser revocada."

"51) Que las objeciones vinculadas con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en Fallos 327:3721 ("Spitale"), al que cabe remitir por razón de brevedad."

"41) Que las cuestiones planteadas por la demandada, vinculadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resultan sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos 325:98 ("Perletto") y la recurrente no se hace cargo de ello, dado que en su memorial de agravios no realiza objeción alguna a lo sostenido en dicho antecedente."

"71) Que los restantes planteos del organismo previsional no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada por lo que carecen del requisito de fundamentación."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 16, 19 · Solidaridad previsional
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
  • Sánchez, María del CarmenCSJN · Fallos 328:2833
  • Heit RuppCSJN · Fallos 322:2226
  • Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeSCSJN · 08/08/2006
  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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