POLEMANN EDUARDO MARIO c/ ESTADO NACIONAL - PODER EJECUTIVO NACIONAL - INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Corte Suprema desestimó el planteo de inconstitucionalidad del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y rechazó la queja interpuesta por el actor contra la denegación del recurso extraordinario. Los fundamentos se remitieron a la jurisprudencia del tribunal sobre admisibilidad del recurso extraordinario.
¿Quién es el actor?
Eduardo Mario Polemann (la carátula consigna "Pelemann" en el pie del documento).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional - Poder Ejecutivo Nacional; Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
no surge del texto de la resolución, que sólo trata la queja por denegación del recurso extraordinario.
¿Qué se resolvió?
se desestimó el planteo de inconstitucionalidad del art. 280 del CPCCN y se rechazó la queja interpuesta, por cuanto el recurso extraordinario resultaba inadmisible.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que con arreglo a conocida jurisprudencia de esta Corte, corresponde desestimar el planteo de inconstitucionalidad del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, formulado en el recurso extraordinario y mantenido en la presente queja (Fallos: 325:2431, considerando 2° y su cita). La jueza Argibay remite a su voto en la causa S.1774.XL 'Schwartz, Pablo Eduardo c/ Mitrocarga S.A. y otro', fallada el 21 de marzo de 2006."
"Que, por lo demás, el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 citado)."
"Por ello, se desestima el planteo de inconstitucionalidad y la queja interpuesta."
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Normas que cita
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Polemann, Eduardo Mario c/ Estado NacionalCSJN · Fallos 325:2431
- Schwartz, Pablo Eduardo c/ Mitrocarga S.A. y otroCSJN · 21/03/2006
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