WODIANOJ MAURICIO ELIAS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor Mauricio Elías Wodianoj reclamó el reajuste de su haber jubilatorio y de los intereses aplicables a las sumas adeudadas por la ANSeS. La Corte Suprema declaró procedentes ambos recursos ordinarios, confirmó la sentencia apelada en cuanto a la tasa de interés aplicable conforme al precedente Spitale y revocó parcialmente el fallo según lo resuelto en Sánchez.
¿Quién es el actor?
Mauricio Elías Wodianoj.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber jubilatorio, incluyendo el cálculo de intereses sobre las diferencias adeudadas.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios de apelación interpuestos por el actor y por la ANSeS. Confirmó la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Spitale" (tasa pasiva de interés), revocó la sentencia según lo dispuesto en "Sánchez, María del Carmen", y ordenó a la ANSeS dar cumplimiento a la parte consentida del fallo y a lo resuelto en la presente, remitiendo las actuaciones para su eventual devolución conforme a "Badaro".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 2º: "los agravios del actor que se relacionan con la necesidad de revisar el criterio fijado en Fallos: 319:3241 ('Chocobar'), suscitan el examen de cuestiones que han sido tratadas por el Tribunal en Fallos: 328:1602 y 2833 ('Sánchez'), a cuyas consideraciones corresponde remitir por razón de brevedad."
Considerando 3º: los planteos referidos al período posterior al 30 de marzo de 1995 "llevan a la consideración de temas sustancialmente análogos a los examinados en la causa B.675.XLI. 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 8 de agosto pasado, cuyos fundamentos se dan por reproducidos."
Considerando 4º: las objeciones constitucionales del jubilado respecto de los arts. 16, 17, 22 y 23 de la ley 24.463 "no se hacen cargo de las razones dadas por la alzada para rechazar su inconstitucionalidad ni demuestran el perjuicio concreto", por lo que se declara la deserción del remedio sobre ese punto.
Considerando 5º: las impugnaciones de la demandada referentes a la tasa pasiva de interés "encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Spitale')".
Considerando 6º: los cuestionamientos de la ANSeS sobre una supuesta inconstitucionalidad de los arts. 16, 17, 22 y 23 de la ley 24.463 "no guardan relación con lo resuelto por el a quo, que declaró la validez de tales normas, circunstancias que impiden su tratamiento."
Considerando 7º: los restantes agravios de la ANSeS "no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada, por lo que carecen del requisito de fundamentación."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 24.463arts. 7 (inc. 2), 16, 17, 22, 23 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
- Sánchez, María del CarmenCSJN · Fallos 328:1602
- Heit RuppCSJN · Fallos 322:2226
- Badaro, Adolfo ValentínCSJN · 08/08/2006
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.