JurisprudenciaARG
Corte Suprema

PINEDA DE GARCIANDIA SUSANA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La parte actora reclamó el reajuste de su haber jubilatorio en materia de tasa de interés, movilidad y plazos de cumplimiento frente a la ANSeS. La Corte Suprema confirmó la sentencia en lo relativo a la tasa pasiva de interés según el precedente Spitale, revocó en materia de movilidad conforme a Sánchez y declaró desierto el agravio de la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 1764. XL. ROR
Reajuste jubilatorio Movilidad jubilatoria Tasa pasiva de interes Anses Ley 24.463 Art. 16 y art. 22 ley 24.463 Precedente spitale Precedente sanchez Precedente badaro Desercion del recurso.

¿Quién es el actor?

Susana María Pineda de Garciandia (jubilada).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber jubilatorio (tasa de interés, método de movilidad aplicable al período posterior al 30/03/1995 y plazos de cumplimiento de la sentencia).

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos ordinarios; se confirmó la sentencia apelada en cuanto a la tasa pasiva de interés, con el alcance indicado en "Spitale"; se revocó en cuanto a la movilidad, según "Sánchez, María del Carmen"; se ordenó a la ANSeS dar cumplimiento a la parte consentida y a lo resuelto, remitiendo las actuaciones, y se dispuso que sean devueltas a la Corte si la actora lo requiere, a los fines de "Badaro". Los agravios de la demandada sobre limitación de recursos y plazo de cumplimiento fueron declarados desiertos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los planteos de la actora y de la ANSeS relacionados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir."

"Los agravios de la jubilada relacionados con la movilidad que correspondería aplicar a su haber jubilatorio han sido debidamente tratados por esta Corte en Fallos: 328:1602 y 2833 ('Sánchez'), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

"Las objeciones de la titular que se refieren a que se fije un método de movilidad para el período posterior al 30 de marzo de 1995, suscitan la consideración de temas sustancialmente análogos a los examinados en la causa B.675.XLI. 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios'..."

"Las impugnaciones de la demandada vinculadas con el rechazo de la defensa de limitación de recursos y la reducción del plazo legal de cumplimiento de las sentencias de reajuste, no guardan relación con lo resuelto por la alzada... circunstancias que llevan a declarar la deserción del remedio intentado."

Normas que cita

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • Sánchez, María del CarmenCSJN · Fallos 328:1602
  • Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 08/08/2006

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