BOLADA MARIA ESTHER c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora y la ANSeS interpusieron recursos ordinarios contra la sentencia que confirmó la movilidad jubilatoria ordenada en primera instancia y dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 23 de la ley de solidaridad previsional. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos, confirmó la tasa de interés según el precedente Spitale y remitió la causa a la ANSeS para el cumplimiento de lo resuelto.
¿Quién es el actor?
María Esther Bolada.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios de su haber jubilatorio (movilidad, método de actualización posterior al 30/03/1995 y desde el 11/01/2002, y tasa de interés).
¿Qué se resolvió?
declarar procedentes los recursos ordinarios; confirmar la sentencia apelada en cuanto a la tasa de interés, conforme al precedente "Spitale"; y disponer que la ANSeS cumpla la parte consentida del fallo y lo resuelto, remitiéndose las actuaciones y devolviéndose oportunamente a fin de lo indicado en "Badaro" si la actora lo requiriese.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los planteos que se refieren al precedente de Fallos: 322:2226 ('Heit Rupp') y el pedido de que se fije un método de movilidad para el período posterior al 30 de marzo de 1995, y más particularmente desde el 11 de enero de 2002, llevan a la consideración de temas sustancialmente análogos a los examinados en la causa B.675.XLI. 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 8 de agosto pasado, cuyos fundamentos se dan por reproducidos."
"Los planteos de la demandante que se relacionan con la necesidad de revisar el criterio fijado en Fallos: 319:3241 ('Chocobar'), resultan el fruto de una reflexión tardía. Lo resuelto al respecto por el magistrado de primera instancia quedó firme al no haber apelado dicha decisión ante la alzada, de modo que resulta improcedente volver sobre un debate que se encuentra clausurado en instancias anteriores."
"Los agravios relacionados con la tasa de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."
"Los restantes cuestionamientos, que se dirigen a objetar una supuesta declaración de inconstitucionalidad de los arts. 16, 17, 22 y 23 de la ley 24.463, no guardan relación con lo resuelto, por lo que deben ser desestimados, solución que también resulta aplicable a las restantes impugnaciones del organismo previsional que, por no referirse a aspectos específicos de la sentencia apelada, carecen del requisito de fundamentación."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 16, 17, 19, 22, 23, 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- Heit RuppCSJN · Fallos 322:2226
- Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 08/08/2006
- ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
- Cortiñaz, Susana EmiliaCSJN · 09/08/2005
- Andino, BasilioCSJN · 09/08/2005
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
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