AUZON MARIO Y OTROS c/ YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES Y OTRO s/EMPLEO PUBLICO
Los recursos de queja fueron admitidos por la mayoría del Tribunal, que declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar nuevo pronunciamiento. La Ministra Argibay votó en disidencia por desestimar las quejas por inadmisibilidad de los recursos extraordinarios.
¿Quién es el actor?
Mario Auzón y otros.
¿A quién se demanda?
Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO (el fallo no reproduce el objeto del reclamo).
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se hicieron lugar a las quejas, se declararon procedentes los recursos extraordinarios, se dejó sin efecto la sentencia apelada con costas, y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto. En disidencia, la Ministra Carmen M. Argibay consideró que los recursos extraordinarios eran inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) y votó por desestimar las quejas, declarando perdido el depósito de fs. 1 de la causa A.142.XXXVII.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Mayoría: "Que el Tribunal comparte los fundamentos expuestos por la señora Procuradora Fiscal subrogante en sus dictámenes, a los que cabe remitirse para evitar repeticiones innecesarias."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que los recursos extraordinarios, cuya denegación originan estas quejas, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
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Leyes que cita
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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