ROMERO UBAL NICASIO WASHINGTON c/ MINISTERIO DEL INTERIOR Y OTRO s/RECURSO DIRECTO
Un ciudadano uruguayo detenido, torturado y liberado en Argentina en 1974 reclamó el beneficio indemnizatorio de la ley 24.043. La Corte confirmó el rechazo, por considerar que su detención quedaba fuera del período de estado de sitio que la ley alcanza.
¿Quién es el actor?
Nicasio Washington Romero Ubal (ciudadano uruguayo).
¿A quién se demanda?
Ministerio del Interior de la Nación.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reconocimiento del beneficio compensatorio previsto en la ley 24.043 por la detención, tortura e interrogatorios sufridos en Argentina entre el 13 de septiembre y el 16 de octubre de 1974.
¿Qué se resolvió?
la Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que había rechazado el reclamo. Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Esta Corte al interpretar la ley 24.043 sostuvo, en síntesis, que '[l]o esencial no es la forma que revistió el acto de autoridad [...] sino la demostración del menoscabo efectivo a la libertad en los diversos grados contemplados' por aquélla (Noro, Fallos: 320:1469, 1471, considerando 5°...). Empero, no es menos cierto que esta exégesis ha dejado incólume que [...] ha sido voluntad explícita del legislador poner fuera de los alcances del específico régimen legal en juego a los menoscabos efectivos a la libertad que, respecto de la persona reclamante, no guarden relación con el período histórico y el marco institucional que se abrió el 6 de noviembre de 1974, oportunidad en la que fue declarado el estado de sitio."
"Luego, tanto la detención cuanto al asilo invocados por el peticionario quedan fuera de los alcances establecidos por las leyes 24.043 y 24.906 y el decreto 1023/92."
La Corte recordó que la finalidad de la ley 24.043 fue otorgar una compensación económica a personas privadas de libertad en razón de actos ilegítimos "emanados en ciertas circunstancias de tribunales militares o de quienes ejercían el Poder Ejecutivo de la Nación durante el último gobierno de facto", y que los decretos 1023/92 y ley 24.096 sólo extendieron el lapso a un tramo del gobierno constitucional previo.
Citó el precedente Barrose (Fallos: 318:1707), donde ya se había rechazado la equiparación entre una detención ilegítima de 1971 y otra durante el último período de facto.
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Normas que cita
- Ley 24.043arts. 1, 2, 4 · Indemnizaciones
- Ley 24.906art. 2 · Indemnizaciones
- Decreto 1023/92art. 2
- Ley 24.096Acuerdos
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
- Constitución Nacionalart. 16
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- NoroCSJN · Fallos 320:1469
- BufanoCSJN · Fallos 323:1406
- GeunaCSJN · Fallos 323:1460
- QuirogaCSJN · Fallos 323:1491
- López RegaCSJN · Fallos 323:1656
- Yofre de Vaca NarvajaCSJN · Fallos 327:4241
- BarroseCSJN · Fallos 318:1707
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