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Corte Suprema

GOMEZ Y LIMON MANUEL MARIA c/ FERMAGUI S.A. Y OTRO s/CUMPLIMENTO DE CONTRATO

La Corte Suprema declaró procedente la queja por recurso extraordinario denegado en un litigio sobre aplicación de normas de emergencia a obligaciones expresadas en moneda extranjera. El Tribunal consideró que la cuestión podría involucrar aspectos federales, sin pronunciarse sobre el fondo, y dispuso la suspensión de los procedimientos de ejecución.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 1831. XLII. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Normas de emergencia Obligaciones en moneda extranjera Cuestion federal Articulo 14 ley 48 Suspension de la ejecucion Fermagui s.a. Gomez y limon

Actor/Recurrente: Manuel María Gómez y Limón, representado por el Dr. Alejandro Oscar Carelli.

¿A quién se demanda?

Fermagui S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el fallo no lo detalla).

¿Qué se resolvió?

Se declara procedente el recurso de queja y se dispone la suspensión de los procedimientos de ejecución. Se reintegra el depósito, se solicitan los autos principales y se libra oficio al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 11.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los argumentos expresados en el recurso extraordinario y mantenidos en la queja, en cuanto se relacionan con la aplicación de normas de emergencia respecto de obligaciones expresadas originariamente en moneda extranjera, podrían prima facie involucrar cuestiones de orden federal susceptibles de examen en la instancia del art. 14 de la ley 48, por lo que la queja es procedente, sin que esto implique pronunciamiento sobre el fondo del asunto (art. 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y doctrina de Fallos: 308:249; 317:1447; 323:813 y 327:516)."

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • CPCCNart. 285 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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