JurisprudenciaARG
Corte Suprema

RUBERTI RINALDO c/ ROUSSELL ARGENTINA S.A. s/INCONST. ART. 245 LCT -TOPE LEGAL LEY 24.013

El actor reclamó diferencias indemnizatorias por despido con base en la Ley de Contrato de Trabajo y el C.C.T. n° 119/75, cuestionando el tope de la Resolución n° 5/92 del Ministerio de Trabajo. La Suprema Corte de Mendoza denegó el recurso extraordinario de la demandada, y la Procuración General dictamina que corresponde hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto la sentencia apelada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 135. XXXIV. RHE
Recurso extraordinario Arbitrariedad Tope indemnizatorio Resolucion 5/92 Articulo 245 lct Articulo 153 ley 24.013 Articulo 14 bis Rigorismo formal Cuestion federal Agentes de propaganda medica.

¿Quién es el actor?

Rinaldo Ruberti.

¿A quién se demanda?

Roussel Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

diferencias en concepto de indemnización e integración del mes de despido y pago por cartera de clientes, con base en la LCT, la ley 24.013 y el C.C.T. n° 119/75. El actor impugnó la validez de la Resolución n° 5/92 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, por considerar que el tope allí previsto no se calculó sobre el promedio de todas las remuneraciones de los Agentes de Propaganda Médica, según el art. 29 del C.C.T. n° 119/95.

¿Qué se resolvió?

La Procuración General de la Nación dictamina que la Corte Suprema debe hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto la sentencia de la Suprema Corte de Mendoza, devolviendo las actuaciones para que se dicte nuevo fallo conforme a lo expuesto. Este es un dictamen, no una sentencia de la Corte.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...el tribunal de grado, si bien prefiere hablar de la inaplicabilidad a la causa del tope establecido para el sector por la resolución n °5/92 del Ministerio de Trabajo de la Nación, a la que remite el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, en la redacción del artículo 153 de la ley 24.013, sustenta su criterio en que el mismo resulta arbitrario, irracional y contrario al artículo 14 bis de la Ley Fundamental, extremo que, estimo, constituye una declaración elíptica de invalidez, basada en el desconocimiento de la garantía establecida en la Carta Magna."

"...la raigambre constitucional de la cuestión ventilada se presenta indubitable..."

"...la decisión de la corte provincial que imposibilita el examen substantivo del recurso local de inconstitucionalidad... traduce un rigorismo formal excesivo susceptible de frustrar el derecho federal invocado en el caso..."

"...estimo que tal principio debe ser dejado de lado cuando la decisión alcanzada implica la negativa a conocer de cuestiones federales aptas para ser resueltas por V.E."

La recurrente invoca el precedente "Villarreal c/ Roemmers", en el que la Corte habría convalidado el tope con base en la intervención sindical en la determinación de los salarios, y alega afectación de las garantías de los arts. 17, 18, 31, 36, 68, 69 y 73 de la Constitución Nacional.

Normas que cita

  • Ley 24.013art. 153 · Ley de empleo
  • Resolución 5/92
  • Constitución Nacionalarts. 14 bis, 17, 18, 31, 36, 68, 69, 73
  • CCT 119/75
  • CCT 119/95art. 29
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • Ley 20.744

Fallos que cita

  • Villarreal c/ RoemmersCSJN · Fallos 320:2665
  • Villarreal c/ RoemmersCSJN
  • Daragona, Vicente y otros s. privación ilegal de la libertad y otrosCSJN · 20/08/1998

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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