BORGHELLO LIDO ROBERTO c/ CAJA NACIONAL DE PREVISION PARA TRABAJADORES AUTONOMOS Y OTRO s/JUBILACION POR INVALIDEZ
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por Lido Roberto Borghello contra la Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos y dejó sin efecto la sentencia apelada. La decisión se fundó en remitir a los precedentes Feyte (1995) y Cabrera (1998), por ser la cuestión sustancialmente análoga, y ordenó dictar un nuevo fallo.
¿Quién es el actor?
Lido Roberto Borghello.
¿A quién se demanda?
Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos (CANPTA).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
no surge del texto de la sentencia (se trata de un recurso de hecho en una causa previsional).
¿Qué se resolvió?
se declara procedente el recurso extraordinario, se deja sin efecto la sentencia apelada y se devuelven los autos al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la cuestión planteada en autos es sustancialmente análoga a la resuelta por esta Corte en la causa F.496.XXVIII. 'Feyte, Francisco Anselmo c/Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos' con fecha 22 de junio de 1995 y C.413.XXXII. 'Cabrera, Clementina c/Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos' con fecha 7 de julio de 1998, a cuyas consideraciones cabe remitirse en razón de brevedad." La sentencia es breve y no desarrolla argumentos propios: la solución se apoya íntegramente en la remisión a los precedentes citados. No hay votos en disidencia.
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Fallos que cita
- Feyte, Francisco Anselmo c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 22/06/1995
- Cabrera, Clementina c/ Caja Nacional de Previsión para Trabajadores AutónomosCSJN · 07/07/1998
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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