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Corte Suprema

GARRAMUÑO GLADYS ESTHER s/S/RECUSACION

Gladys Esther Garramuño planteó recurso extraordinario contra el pronunciamiento de la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal en un incidente de recusación. La Corte, por mayoría, admitió el recurso, dejó sin efecto la decisión apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme al precedente Llerena.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 479. XLII. REX
Recusacion Recurso extraordinario Sentencia definitiva Proceso penal Imparcialidad del juez Camara nacional de casacion penal Doctrina llerena Art. 14 ley 48 Nuevo pronunciamiento Equiparable a sentencia definitiva.

¿Quién es el actor?

Gladys Esther Garramuño (parte recusante, representada por asistencia técnica y defensora oficial Silvina Manes).

¿A quién se demanda?

no aplica en sentido estricto; se trata de un incidente de recusación en el proceso penal, cuya resolución fue impugnada.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recusación planteada por la imputada en el marco del proceso penal, rechazada por la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró admisible el recurso extraordinario y se dejó sin efecto el pronunciamiento apelado, ordenando el dictado de uno nuevo conforme a la doctrina de "Llerena" (Fallos: 328:1491). El Ministro Lorenzetti votó en disidencia, desestimando el recurso por no dirigirse contra sentencia definitiva ni equiparable (art. 14, ley 48).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la mayoría remite, por razones de brevedad, a los fundamentos y conclusiones de los votos concurrentes en "Llerena" (Fallos: 328:1491), sin desarrollar argumentos propios en este pronunciamiento. La disidencia del Dr. Lorenzetti sostiene que la resolución impugnada no constituye sentencia definitiva ni resolución equiparable, por lo que el recurso resulta improcedente. (Los fundamentos de la disidencia son de la minoría y no reflejan la decisión del tribunal.)

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional

Fallos que cita

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