I.G.T. ARGENTINA S.A. c/ GREEN S.A. s/ORDINARIO
La Procuración General dictaminó que correspondía hacer lugar al recurso extraordinario de Green S.A. contra la sentencia de la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial que condenó al pago en dólares estadounidenses. Propuso dejar sin efecto la sentencia por falta de tratamiento del reajuste equitativo y de la aplicación de la normativa de emergencia.
¿Quién es el actor?
I.G.T. Argentina S.A.
¿A quién se demanda?
Green S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
pago de obligaciones dinerarias derivadas de un contrato de compraventa de máquinas tragamonedas importadas, pactadas en dólares estadounidenses billetes.
¿Qué se resolvió?
la Cámara condenó a pagar el monto adeudado en dólares, deduciendo lo abonado, con intereses pactados desde el vencimiento de cada cuota, fundándose en los arts. 1197 y 1198 del Código Civil y en las cláusulas contractuales. Consideró abstracto pronunciarse sobre la validez constitucional del art. 21 del Decreto 320/02.
Agravios de la recurrente: omisión de aplicar la normativa de emergencia (Ley 25.561, Dec. 214/02) respecto de obligaciones originariamente expresadas en moneda extranjera, sin considerar el valor de reposición de las máquinas; imposición de intereses por mora sin fundamento, cuando la deuda había sido abonada a la paridad legal más CER; y que la pretensión de la actora se limitaba a un reajuste equitativo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la falta de consideración del impacto de la -eventual- aplicación de los coeficientes correspondientes sobre el valor de la prestación, permite hacer lugar al recurso extraordinario interpuesto y disponer que vuelvan los actuados al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a derecho." Asimismo: "la referencia al artículo 21 del Decreto N° 320/02 efectuada por el a quo, no logra conmover la conclusión antes expuesta, desde que los jueces sustentaron su decisión de mantener en la moneda de origen la obligación pactada en dólares estadounidenses, en los términos del acuerdo..."
Se remite, en lo pertinente, al dictamen emitido en autos "Pérsico, Luigi c/ Mafulli, Ciro y otro" (S.C. P. N° 122, L. XXXIX, 26/10/2004) respecto del alcance de la normativa de emergencia.
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Normas que cita
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 214
- Decreto 320art. 21
- CCarts. 1197, 1198
- Ley 340
Fallos que cita
- Pérsico, Luigi c/ Mafulli, Ciro y otroCSJN · 26/10/2004
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