YUSTMAN DE QUAGLINO MARIA LIBERTAD -INCIDENTE II- Y OTRO c/ SECRETARIA DE COMUNICACIONES - DTO. 92/97 Y OTRO Y OTROS s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Corte Suprema revocó la sentencia apelada y rechazó liminarmente la demanda promovida contra la Secretaría de Comunicaciones por el Decreto 92/97, por tratarse de un planteo sustancialmente análogo al resuelto en la causa Defensor del Pueblo de la Nación (D.218 XXXIII). Los jueces Belluscio, Petracchi y Bossert votaron en disidencia y propusieron desestimar las quejas.
¿Quién es el actor?
María Libertad Yustman de Quaglino y otro (incidente II).
¿A quién se demanda?
Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia de la Nación y otro (Poder Ejecutivo Nacional).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
impugnación del Decreto 92/97 y otro acto relacionado con el régimen de telecomunicaciones.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se hicieron lugar a las quejas, se declararon procedentes los recursos extraordinarios, se revocó la sentencia apelada y se rechazó liminarmente la demanda. Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte, el 7 de mayo de 1998, en la causa D.218 XXXIII 'Defensor del Pueblo de la Nación c/ Estado Nacional - Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo ley 16.986', a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse por razones de brevedad."
¿Cómo votaron los jueces?
los jueces Belluscio, Petracchi y Bossert, en disidencia total, votaron por desestimar las quejas, remitiéndose igualmente a los fundamentos de la causa D.218 XXXIII, pero con la conclusión contraria.
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Normas que cita
- Decreto 92
- Ley 16.986Amparo
- CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Acordada 47/91
Fallos que cita
- Defensor del Pueblo de la Nación c/ Estado Nacional - Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo ley 16.986CSJN · 07/05/1998
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